El juicio oral y público prosigue este jueves con la lectura de los alegatos finales del Ministerio Público y luego la defensa de los dos procesados. Foto: Gentileza.
“Príncipe Di Savoia no es empresa de maletín”, concluye perito de Fiscalía
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Las conclusiones de la perito del Ministerio Público Elizabeth Benítez confirman que la firma Príncipe Di Savoia no es una empresa de maletín y así descarta el hecho punible de lavado de dinero, explicó el abogado Claudio Lovera, defensor del exsenador Óscar González Daher y su hijo Rubén González Chávez. Ambos están siendo juzgados por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.
Lovera manifestó que la profesional contable afirmó ante el Tribunal de Sentencia que los ingresos de la firma Príncipe Di Savoia son lícitos y corresponden al pago de alquileres y dichos montos de dinero fueron depositados en las diferentes cuentas bancarias del presidente de la sociedad, Rubén González Chávez.
Asimismo, la misma profesional se rectificó ante el Tribunal de Sentencia sobre las conclusiones periciales referidas a los hechos punibles de enriquecimiento ilícito y declaración falsa, e incluso reconoció en audiencia oral que delegó tareas a un funcionario de la Seprelad que le fue asignado, de nombre José Armoa.
“La confesión de la perito contable en juicio oral, de que recurrió a criterios de profesionales no autorizados en este caso, viola totalmente la presunción de inocencia y denota que la labor de la profesional contable no acredita la existencia de los hechos punibles acusados” indicó el abogado Claudio Lovera.
El colegiado que juzga a padre e hijo está integrado por los jueces Yolanda Portillo, Yolanda Morel y Jesús Riera, quienes deberán analizar desde lo estrictamente jurídico lo que se está discutiendo en la audiencia oral y dictar un fallo objetivo. Los fiscales del caso son Lilian Alcaraz y Francisco Cabrera.
Ratifican prisión de Elián López, quien arrojó una copa de vidrio a una joven que perdió el ojo
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El Tribunal de Apelaciones integrado por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, ratificó la prisión preventiva Elián López Torres, imputado por el delito de lesión grave, tras arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, ocasionándole la pérdida de un ojo, en un local nocturno. De esta manera, se confirma la resolución del juez penal de Garantía Rolando Duarte, quien había decretado la prisión del imputado.
Los camaristas mencionaron que existe aún el peligro de fuga en el presente caso, así como peligro de obstrucción de la investigación del Ministerio Público, por lo que corresponde ratificar la prisión del imputado, refiere la resolución judicial.
La defensa del procesado había apelado la resolución judicial tratando de que el tribunal de apelación pueda revocar la determinación del juzgado de Garantía y el imputado pueda estar en arresto domiciliario, pero tal situación no se generó y el joven seguirá privado de su libertad.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego del impacto de dicho objeto contra su rostro.
Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.
El juicio oral por la incautación de 1.375 kilogramos de cocaína se está desarrollando con normalidad y continuará el próximo 19 de noviembre. Foto: Archivo
Estancia El Tigre: juicio oral por megacarga de cocaína seguirá el 19 de noviembre
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El próximo 19 de noviembre seguirá el juicio oral y público para siete acusados por narcotráfico, vinculados a la incautación de 1.375 kilos de cocaína hallados en la estancia El Tigre del Chaco. La audiencia oral se encuentra en la etapa de producción de pruebas documentales.
El tribunal de sentencia que tiene a su cargo juzgar a los acusados está integrado por María Luz Martínez, Dina Marchuk y Federico Rojas. Mientras que la fiscala del caso es Ingrid Cubilla.
En el juicio están siendo juzgados Waldemiro Ymas González, Porfirio Osorio Villagra, Pablo Roble Benítez, Porfirio Chávez Núñez, Albino Núñez Peralta, Édgar Cantero y Terecio López Morel.
De acuerdo a la acusación fiscal, los procesados son miembros activos de una asociación criminal que se encargaba del acopio y custodia de la carga de sustancias estupefacientes. A su vez, comercializaban de la siguiente manera: el lugar de origen de la droga sería Perú e ingresaba al territorio nacional vía Bolivia hasta el establecimiento El Tigre.
El Ministerio Público refiere que los acusados conocían la existencia y tenían el dominio de las sustancias incautadas, ya que fueron sorprendidos en flagrancia dentro del establecimiento El Tigre. Los bidones de acetato de etilo encontrados en el lugar son un solvente utilizado en la conversión de la cocaína básica en clorhidrato de cocaína.
Los antecedentes del caso refieren que el 24 de febrero del 2021, la Unidad Penal Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico del Departamento de Boquerón y Alto Paraguay, a cargo de Andrés Arriola, realizó un procedimiento en el establecimiento rural denominado El Tigre, lugar en el que se encontró un total de 1.375 kilogramos de cocaína, además de vehículos, una avioneta de procedencia boliviana y tambores que contenían acelerantes para el polvo blanco.
El establecimiento está ubicado en la localidad de Agua Dulce, limítrofe con Bolivia. El procedimiento se realizó conjuntamente con personal de la Unidad Especial de Inteligencia Sensible Antinarcóticos y Hechos Punibles conexos, así como también del Departamento de Antinarcóticos de la Policía Nacional.
El fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, sostiene que aún se encuentran pendientes resultados de informes técnicos, pericias, testimonios y otras diligencias para esclarecer la muerte del diputado Eulalio “Lalo” Gomes. Foto: Gentileza
Fiscalía dice que es prematuro sacar conclusiones definitivas
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El Ministerio Público, encabezado por Emiliano Rolón Fernández, emitió ayer viernes un comunicado afirmando que resulta prematuro sacar conclusiones sobre si el fallecido diputado y dirigente de Amambay Eulalio “Lalo” Gomes Batista disparó o no contra los efectivos policiales durante el allanamiento en su vivienda en la madrugada del lunes 19 de agosto, en el marco del operativo Pavo Real II.
“Las evidencias deben ser evaluadas en forma conjunta y armónica, conforme el artículo 175 del Código Procesal Penal. Para ello serán determinantes los resultados de informes técnicos, pericias, testimonios y otras diligencias aún pendientes”, indica.
Añade que “serán determinantes las diligencias pendientes. El elemento invocado, según la difusión, deberá observar dicho proceso de integración, por lo que es prematuro intentar conclusiones definitivas, que solo enervarán el normal proceso de la investigación”.
El posicionamiento de la Fiscalía surge a raíz de las disparidad en los informes dados a conocer por el Ministerio Público y la Dirección de Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) sobre las pruebas balísticas practicadas a Gomes.
INFORME DE LA UNA
De acuerdo al informe de la UNA se encontraron valores de plomo, bario, antimonio en los brazos y manos del legislador. Los valores en el brazo izquierdo de plomo ascienden a 139, bario a 237, antimonio a 11,4. En la mano, los índices de plomo son 224, bario 277 y antimonio 21,5.
En cuanto al brazo derecho, el plomo es menor a 5, la detección de bario es de 258 y antimonio menor a 10. En la mano, el plomo hallado fue de 120, bario 332 y antimonio menor a 10. Esto demuestra la presencia de residuos de disparos de arma de fuego y fueron hallados a partir de las muestras de hisopos tomados luego del allanamiento en su vivienda en Amambay, que derivó en el fallecimiento de Gomes.
“El Ministerio Público garantiza objetividad y basará los requerimientos en las constancias emergentes de la investigación, según las reglas del debido proceso, que su vez, es el norte del Estado de derecho, premisa fundamental del modelo constitucional vigente”, sostiene el documento firmado por Rolón.
Informe de CGR expone el apuro fiscal para blanqueo a Bataglia
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El Ministerio Público decidió desestimar una denuncia por daños patrimoniales estimados en más de G. 1,5 billones sin haber tomado en cuenta todos los elementos detectados por la Contraloría General de la República (CGR). Los fiscales encontraron documentos respaldatorios por menos de la mitad del monto denunciado.
Un detallado informe basado en la auditoría realizada por la CGR al IPS deja aún más al descubierto el apuro de la Fiscalía por blanquear al extitular del ente previsional Vicente Bataglia. El mismo documento que fue remitido al Ministerio Público, cuyos fiscales desestimaron a las apuradas una denuncia sobre el caso, revela datos que no fueron tenidos en cuenta por los agentes.
En concreto, la CGR remitió varios informes de auditoría que revelaron posibles daños patrimoniales por más de G. 1,5 billones, aproximadamente USD 130 millones. Sin embargo, de forma sorpresiva, la Fiscalía solicitó la desestimación de la denuncia contra Bataglia. Darío Ortega, director jurídico de la CGR, aseguró que el Ministerio Público no tuvo en cuenta todos los documentos o que incluso se tomaron elementos que no forman parte de la denuncia para el pedido de desestimación.
Los agentes fiscales encontraron documentos que respaldan pagos por G. 350.000 millones (USD 50 millones). La denuncia era por G. 1,5 billones (USD 130 millones). O sea dejó de averiguar entre 80 y 90 millones de dólares sin tener la documentación”, dijo Ortega días atrás al canal GEN.
El equipo de investigación de Nación Media accedió a los informes comparativos entre las auditorías y el pedido de desestimación presentado por la Fiscalía, dando inicio hoy a una serie de varias entregas sobre las groseras omisiones realizadas por los representantes del Ministerio Público.
UNO DE VARIOS EJEMPLOS
Uno de los varios puntos utilizados por la Fiscalía para el pedido de desestimación de la causa contra Bataglia tiene que ver con un millonario crédito otorgado al IPS por un banco local.
En concreto, el informe final de la CGR sobre el IPS concluyó que había una discrepancia significativa entre el monto de la línea de crédito aprobada por la Resolución del Consejo de Administración y el pagaré firmado con la entidad financiera.
La auditoría encontró que, aunque se aprobó un préstamo de G. 50.000.000.000, el pagaré inicial se emitió por G. 65.379.679.514, incluyendo intereses y otros montos adicionales. Esto levantó dudas sobre la transparencia y la adecuada gestión de los fondos del IPS, sugiriendo posibles riesgos legales y financieros.
La Fiscalía argumentó que el contrato y el pagaré original, aunque por un monto mayor, habían sido aclarados y corregidos. En agosto de 2023, meses después de la auditoría y del cierre del ejercicio fiscal 2022, se realizó un intercambio de pagaré, corrigiendo el monto a G. 50.000.000.000 más los intereses compensatorios. Según la Fiscalía, esto subsanó la discrepancia señalada y, por lo tanto, no justificaba una investigación penal, ya que la corrección había sido formalizada.
Sin embargo, la propia Fiscalía reconoció en la argumentación del pedido de desestimación la existencia de las irregularidades detectadas por la Contraloría. Aunque el pagaré fue corregido, la modificación se realizó después del cierre del ejercicio fiscal 2022 y en la etapa final de la auditoría. Esto confirma la observación inicial de la CGR: la discrepancia existió y representó un riesgo real para el IPS y sus asegurados.
Fuentes del órgano extrapoder señalaron, sin la intervención y observación de la auditoría, que el IPS podría haber enfrentado graves consecuencias legales y financieras en caso de incumplimiento de pago. La CGR subrayó que el cambio de documentos no exime a los responsables del IPS de sus acciones u omisiones previas, las cuales comprometieron la transparencia y la gestión adecuada de los fondos