Un Tribunal de Sentencia, conformado por los magistrados Héctor Escobar, Wilfrido Peralta y Sandra Farías, condenó a Aníbal Vera a 18 años de cárcel; al expolicía Carlos Figueredo, a 13 años de pena privativa de libertad, y a 11 años a Héctor López, tras ser hallados culpables por el delito de narcotráfico.
El fiscal del presente caso fue Eduardo Royg, quien luego de un trabajo de inteligencia realizado por agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) logró la detención de los hoy condenados. Los mismos fueron detenidos cuando estaban trasladando una carga de 4.222 kilos de marihuana desde San Pedro a Itapúa.
La carga iba en un camión tipo tumba y una camioneta estaba actuando de “puntero o campana” para dar aviso en caso de que por el camino hubiera control policial o de la Senad. Sin embargo, en Moisés Bertoni se detuvo al citado camión. La droga estaba oculta debajo de la piedra triturada, pero gracias al trabajo de inteligencia se pudo detectar el cargamento.
Ahora la defensa de los condenados tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y, en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que tendrá la última palabra para decidir si ratifica la condena o anula y dispone que se realice un nuevo juicio oral y público.
Podés leer: Gobernación de Central: integran a dos fiscales al equipo de investigación
Dejanos tu comentario
Apuestas deportivas: imputan a directivos de Montego Trading, habrían violado ley de juegos de azar
El agente fiscal Marcelo Saldívar presentó imputación por violar la ley de juegos de azar contra Carmen Carolina Duarte de Garcete, Gerardo Bermúdez Arreola, José María Monges, Ricardo Fernández Melgarejo, y Erick Fernando Martín Vásquez Loza directivos de la firma Montego Traiding S.A., en relación al registro del dominio crowncityplay.com.py.
A través de la licitación pública N° 04/2017, por resolución Conajzar Nº 60/2017, aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 8535/2018, adjudicó a la firma Daruma Sam S.A., cuya marca es Apostala, la explotación de apuestas deportivas con carácter exclusivo en todo el territorio de la República del Paraguay.
El Ministerio Público presentó la imputación contra los citados más arriba en relación a la violación del articulo 17 de la Ley N° 4716/12 “Que modifica varios artículos de la Ley Nº 1016/97 -Que establece el Régimen Jurídico para la Explotación de los Juegos de Suerte o de Azar”.
Asimismo, la Fiscalía solicitó al juzgado penal de Garantía la aplicación de medidas alternativas a la prisión, como la prohibición de salida del país y la comparecencia mensual al juzgado.
Te puede interesar: Estafa a colonos: admiten ampliación de imputación contra tres personas
La jueza Clara Ruíz Díaz deberá admitir la imputación contra los imputados y fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se definirá si los imputados litigarán en libertad o estarán privados de libertad.
El acta de imputación refiere que la firma Montego Trading S.A., representada y dirigida por Carmen Duarte y Gerardo Bermúdez, hasta el 26 de agosto de 2024 y desde ese día y hasta la fecha, representada y dirigida por José María Monges y Ricardo Fernández, habrían explotado sin autorización de Conajzar, juegos de azar en la modalidad de Apuestas Deportivas a través del sistema online y de seis locales físicos distribuidos dentro del territorio nacional, causando con ello un perjuicio al erario público, consistente en la percepción de un canon referencial, pero no actualizado.
El contacto por parte de la firma Montego Traiding S.A., en relación al registro del dominio crowncityplay.com.py, ante el Network Information Center - Paraguay, NIC.PY., sería Erick Fernando Martín Vásquez Loza.” Esta atribución fáctica cumpliría con los presupuestos del Art. 17 de la Ley N° 4716/12 “Que modifica varios artículos de la Ley.
Podes leer: Fiscalía pide blanquear a Giuzzio en causa por enriquecimiento ilícito
Dejanos tu comentario
Incautan componentes de armas de fuego en el Aeropuerto Silvio Pettirossi
El agente fiscal José Martín Morínigo, se constituyó en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, luego del hallazgo de componentes de armas de fuego en el interior de una caja fisurada proveniente de Miami, a través de una empresa de courrier.
A raíz de la comunicación, se convocó a personal de la Dimabel, de Crimen Organizado de la Policía Nacional y demás funcionarios de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) para la verificación correspondiente del depósito Ticket de la Dinac, consistente en 6 cajones de armas de fuego correspondiente a fusil HK, modelo G3, además de accesorios controlados de armas de fuego como cargadores para fusil HK, calibre 7,62 X 51 mm y conjunto de conversores del mismo calibre.
También fueron incautados guardamanos, puntas de tubo cañón con soporte de punto de mira, cajones de mecanismo superior prensado, componentes de armas de fuego y otros materiales, todos para rifles o fusiles semiautomático o automático de la marca HK, modelo G3 A3 que corresponden a armas de fuego de uso privativo de las fuerzas públicas.
Las evidencias incautadas quedaron a cargo de la Dimabel para la realización de los informes técnicos correspondientes. Por disposición del fiscal prosiguen las investigaciones en el marco de la causa iniciada con dicho hallazgo.
Dejanos tu comentario
Imedic: confirman condena de 4 años de cárcel para Patricia Ferreira
El Tribunal de Apelación en lo Penal confirmó la condena de 4 años de cárcel para la presidenta de Imedic S.A, Patricia Ferreira Pascottini y 4 años de pena privativa de libertad para la directora general Nidia Godoy. Así también, se confirmó la absolución del tercer acusado, el despachante de Aduanas Néstor Ramírez. El Tribunal está conformado por los jueces José Waldir Servín, Delio Vera Navarro y Cristóbal Sánchez.
La Cámara de Apelación señala que la pena de 4 años de cárcel impuesta a Ferreira y Godoy son las adecuadas para el caso en particular. El colegiado ha llevado a cabo, en forma efectiva, el proceso de individualización de las penas impuestas, que deben ser útiles y justas, pues se adecuan a las particularidades del caso concreto. Esto atendiendo al marco penal establecido para el hecho punible realizado, y además, se halla dentro de los límites del grado de reproche y conforme a los fines preventivos” indica parte de la resolución de segunda instancia.
Te puede interesar: Vecinos reducen a ladrón tras asalto a una joven en parada de colectivos
En octubre del 2024 un Tribunal de Sentencia condenó a Patricia Ferreira y Nidia Godoy a la pena privativa de libertad de 4 años de cárcel, luego de ser encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma, que posibilitó el ingreso de medicamento de dudosa procedencia a nuestro país.
Los jueces de sentencia mencionaron que “se ha producido la falsificación de las facturas, así como también se falsificaron las guías, que decía país de origen Brasil, pero los documentos originales presentados como pruebas indican que los medicamentos provienen de China, la India y México, y una de Colombia. Hubo una manipulación de los representantes de Imedic”.
Podes leer: Unas 47 mujeres se incorporarán a las filas del Grupo Lince
Dejanos tu comentario
Caso Sol Chávez: familiares de la víctima no pueden nombrar a la odontóloga condenada
En un giro controvertido dentro del caso de Sol Chávez, la joven fallecida por intoxicación con flúuro, un juez dictó una medida cautelar que prohíbe a sus familiares mencionar o acercarse a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza, condenada por homicidio culposo. La decisión ha generado indignación en los padres de la víctima, María Edith Franco y José Domingo Chávez, quienes recibieron un oficio judicial que, según su abogado, presenta numerosas irregularidades.
La medida fue dictada tras una denuncia presentada por Espinoza contra la familia de Chávez, amparándose en la Ley 5.777/2016 de violencia contra la mujer. Sorprendentemente, el documento judicial señala a la odontóloga como “víctima”, lo que ha sido fuertemente cuestionado por la defensa de la familia Chávez.
El abogado José Armoa denunció errores graves en el oficio judicial, que van desde incongruencias en los nombres de los involucrados hasta la carátula del documento, donde se menciona un hecho punible de violencia doméstica. “No sabemos si es un error de tipeo o qué, pero un error de esta naturaleza no puede tener esas incongruencias. Lo que más nos llama la atención es que la carátula del Juzgado enuncia un hecho punible de violencia doméstica”, expresó Armoa en declaraciones al canal GEN/Nación Media.
El abogado también explicó que no se puede caratular como “violencia doméstica” un conflicto entre personas que no conviven juntas. En este caso, ni la odontóloga Espinoza ni la química Sandra Hermosa (también acusada por la muerte de Sol Chávez) tienen relación de cohabitación con la familia de la víctima.
Piden investigar al juez del caso
Ante las irregularidades en el documento judicial, la familia Chávez solicita que se investigue al juez José Segundo Velázquez Alfonso, responsable de la medida cautelar. La defensa de la familia destaca que el oficio presenta errores desde el encabezado, mencionando a un jefe policial ajeno al caso, hasta restricciones impuestas a personas extrañas, cuyos nombres fueron corregidos a bolígrafo.
Antecedentes del Caso
Sol Chávez falleció el 9 de abril de 2021 debido a una intoxicación con flúuro. Tras un proceso judicial, Lilia Graciela Espinoza y Sandra Hermosa fueron condenadas a solo dos años de prisión, lo que generó indignación en la opinión pública. Sin embargo, la sentencia fue anulada, y actualmente se lleva a cabo un nuevo juicio.
La decisión de prohibir a la familia de la víctima mencionar a la odontóloga condenada ha generado un fuerte rechazo y ha reavivado el debate sobre la transparencia y equidad en el sistema judicial. La familia Chávez insiste en que seguirá luchando por justicia para su hija y exige que se revisen las acciones del juez a cargo del caso.
Puede interesarle: Cáncer colorrectal: especialistas alertan sobre detección tardía en Paraguay