La jueza Penal Adolescente de Caacupé, Haydé Pereira, rechazó el amparo constitucional promovido por Melissa María Lichi Torres, quien está siguiendo un tratamiento médico por una lesión tumoral hipófisis y debido a la determinación judicial la mujer no se podrá aplicar la vacuna contra el COVID-19. Lo llamativo y hasta inédito del presente caso es que la magistrada le impuso a la mujer pagar las costas del presente juicio, situación que generó el repudio en redes sociales y solicitaron la intervención del ministro superintendente de Cordillera, Alberto Martínez Simón, y que se inicie una investigación a la jueza Pereira.
La representante legal de la accionante explicó punto por punto la enfermedad que sufre Melisa Lichi Torres y que la misma es altamente vulnerable por lo que solicitó el auxilio a la Justicia para que la mujer se pueda vacunar contra el COVID-19. Igualmente se citaron artículos de la Constitución Nacional donde se garantizan el derecho a la salud pública. Este pedido no fue tenido en cuenta por la referida magistrada quien resolvió rechazar el presente amparo.
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La abogada Cristina Servín, quien presentó el amparo en representación de Melisa Lichi, tiene la posibilidad de apelar la resolución judicial y en caso de ser así, será un Tribunal de Apelación el que deberá estudiar si corresponde revocar la resolución de la jueza Pereira o en su defecto confirmar el presente fallo judicial.
Juez ordenó vacunar a personas con Síndrome de Down
El juez de sentencia Darío Báez hizo lugar a una medida cautelar y ordenó que 31 personas con síndrome de Down, pertenecientes a la Asociación Síndrome Down del Paraguay, reciban la vacuna contra el COVID-19. Fue en el marco de la presentación de un amparo de pronto despacho contra el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. El referido magistrado judicial emplazó al Ministerio de Salud que las 31 personas sean vacunadas dentro del plazo de 24 horas. Asimismo, menciona la determinación judicial que la aplicación de la dosis se lleve a cabo en la Secretaría Nacional de Deportes de conformidad al estado de de vulnerabilidad en que se encuentran las personas beneficiadas por la justicia.
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