La jueza penal de garantía Clara Ruiz Díaz elevó a juicio oral y público el proceso penal por desacato a una orden judicial que enfrenta la madre de la niña desaparecida en Emboscada. Según el presente proceso penal, la mujer se negó a ser sometida a una prueba de ADN que ordenó la justicia, por lo que fue imputada y acusada.

La resolución se dio a conocer luego de la audiencia preliminar donde la magistrada Ruiz Díaz decidió elevar el presente caso a un juicio oral y público. Ahora se deberá sortear al tribunal de sentencia que tendrá a su cargo juzgar a la acusada.

La agente fiscal Sara Torres presentó acusación por la supuesta comisión del hecho punible de desacato, por negarse la acusada a la prueba de ADN en el marco de una investigación penal. La mujer, que no había apelado en su momento la pericia, debía realizarse las pruebas de ADN, pero una vez que se debía ejecutar la diligencia se negó a hacerse, incumpliendo la disposición judicial.

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Antecedentes

Según los antecedentes, la representación fiscal había iniciado una investigación sobre supuesto hecho punible de desacato, a partir de la denuncia realizada por la jueza penal de Garantías de Cordillera sobre un supuesto hecho punible contra la ley que sanciona el desacato, ocurrido el 18 de setiembre de 2020, a las 11:00 en el interior del Laboratorio Forense del Ministerio Público, en el marco de la causa sobre hecho punible contra niños y adolescentes, pornografía relativa a niños y adolescentes en Emboscada.

Prohibición de la publicación

La Ley Nº 1.680, Código de la niñez y la adolescencia, en su artículo 29, de la prohibición de la publicación, establece: “Queda prohibido publicar por la prensa escrita, radial, televisiva o por cualquier otro medio de comunicación, los nombres, las fotografías o los datos que posibiliten identificar al niño o adolescente, víctima o supuesto autor de hechos punibles. Los que infrinjan esta prohibición serán sancionados según las previsiones de la ley penal”.

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