El abogado Esteban Sarubbi, representante convencional de las cuatro empresas extranjeras que demandaron a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, más conocida como la Secta Moon, reconoce que las tierras hoy reclamadas a esta en concepto de pago están dentro de la Ley 2532/05 de Protección Fronteriza, pero que eso no impide la transferencia.
El conflicto judicial se da en reclamo de la transferencia de unas 310.000 hectáreas ubicadas en Alto Paraguay, que fueron hipotecadas por la Secta Moon a cuatro empresas tras recibir un crédito millonario en dólares, según el abogado. Las firmas demandaron y ganaron en primera instancia, pero la Secta Moon apeló y ahora está en manos del Tribunal de Apelación decidir si confirma o no el fallo de primera instancia.
En medio de la disputa judicial surge el argumento de que estas tierras no pueden ser transferidas a extranjeros por estar ubicadas en la zona limítrofe con el Brasil y bajo la defensa de la Ley de Protección Fronteriza, que resguarda la soberanía nacional.
En ese sentido, Sarubbi sostiene que los inmuebles no tienen impedimentos de ser transferidos a las empresas demandantes debido a que las firmas son europeas y asiáticas. Lo que prohíbe la Ley de Protección Fronteriza es la transferencia o venta de inmuebles ubicados en la frontera con Brasil, Argentina o Bolivia, en caso de que la persona física o jurídica que adquirirá dichas propiedades sea del país limítrofe con Paraguay, explicó.
Prohibición de la ley
“Eso no significa que esas tierras no puedan ser vendidas, hipotecadas, donadas o enajenadas, siempre y cuando se cumpla con la ley. Lo único que establece la ley es la prohibición de ceder a empresas físicas o jurídicas que sean de nacionalidad brasileña, si las tierras se encuentran en la frontera con Brasil; Argentina, si están cerca de Argentina, o boliviana, si están cerca de Bolivia”, detalló el letrado.
El Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Comisión de la Zona de Seguridad Fronteriza (Cizosef), confirmó que unas 22 fincas, de las otorgadas en primera instancia a las empresas extranjeras por la jueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún, se encuentran dentro de la franja de seguridad fronteriza de nuestro país.
Tras la determinación de la magistrada, la misma fue denunciada por la Secta Moon ante el Ministerio Público por supuesto prevaricato (actuación en contra de la ley). La misma actualmente está siendo investigada por la Fiscalía.
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Sobre ese punto, el abogado Sarubbi expresó que “la Ley 2532/05 impone la obligación de certificar y controlar el cumplimiento de la normativa al escribano interviniente, no así a la jueza, que por mandato legal únicamente debe resolver con relación a lo que las partes discuten, con apego a la ley, que en ningún momento ha sido violada”.
“Toda la documentación, en dicho sentido, obra en los vastos tomos presentados como documental en el proceso. Se copia el artículo pertinente: Artículo 5° “Los notarios públicos no podrán elevar a escrituras públicas negocios jurídicos no autorizados por la disposición del Artículo 2° de la presente Ley (2532/05)”, señaló el representante convencional de las empresas.