El candidato al Consejo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal Aldo Alvarenga y la apoderada general del Movimiento Institucional y Transparencia, Gladys Galeano, solicitaron que se rechace una acción de inconstitucionalidad que se encuentra en trámite contra una resolución del Tribunal Electoral Independiente en el marco de la elección para miembros del Consejo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal.
Los mismos manifiestan que plantearon las impugnaciones correspondientes en contra de las candidaturas del otro movimiento, ya que según sostienen solo pueden ser reelectos por única vez y estos ya estarían en el cargo hace tres e incluso cinco elecciones consecutivas.
Ante el rechazo de las impugnaciones por parte del TEI, los recurrentes apelaron la resolución ante el Tribunal Electoral de la Capital y, finalmente, ante el TSJE. En estas dos instancias fue declarada la nulidad de las candidaturas de quienes hasta la fecha siguen en el cargo.
Según señalan, la ley establece que al ser declarada nula la candidatura de uno de los contendientes inmediatamente pasa a asumir el cargo el segundo mejor votado.
Sin embargo, hasta la fecha no se está dando cumplimiento a este precepto debido a que la otra parte (consejo actual) planteó una acción de inconstitucionalidad contra el Acuerdo y Sentencia del TSJE.
En una consulta realizada el presidente del TSJE al presidente de la Corte referente al caso, este le respondió que se debe atener a lo dispuesto en el Art. 550 del Código Procesal Civil, en virtud del cual los plazos y efectos dentro de un proceso se suspenden al plantearse una acción de inconstitucionalidad.
Sin embargo, en lo electoral es distinto, los plazos no se pueden interrumpir; para que una medida cautelar suspenda los efectos del proceso se requiere la firma de los nueve ministros.
En ese sentido, los mismos denuncian que manejan información de que los miembros actuales del Consejo Municipal se encuentran “pagando importantes sumas de dinero para impedir la continuidad del proceso y que la Corte mantenga pendiente de resolución dicha acción desde hace casi dos años”.
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