El Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Comisión de la Zona de Seguridad Fronteriza (Cizosef), confirmó que 22 fincas que la jueza en lo civil y comercial de Asunción Tania Irún entregó a empresas off shore o de maletín se encuentran dentro de la franja de seguridad fronteriza de nuestro país.
La citada cartera estatal de esta manera contestó el oficio N° 95 remitido por la fiscala Natalia Fúster, quien está investigando el supuesto hecho punible de prevaricato de la magistrada Irún en vista a que la misma habría violado la Ley 2532/05 que establece la seguridad fronteriza de la República del Paraguay y prohíbe conceder inmuebles a empresas extranjeras.
El documento que ya está en manos de la mencionada representante del Ministerio Público lleva la firma de Luis Alberto Zárate Pastor, secretario ejecutivo de la Cizoef, encargada de resguardar y hacer respetar la ley de soberanía nacional. Asimismo el citado ministerio remitió a la fiscala Fúster un mapa donde claramente se identifica las fincas que la jueza Irún entrego a extranjeros.
Irún fue denunciada en sede del Ministerio Público por prevaricato (actuación contraria a la ley) por hacer lugar a un juicio civil en el que dispuso la titulación de 310 mil hectáreas de tierras a favor de extranjeros.
Semanas atrás, el denunciante Evaristo Fernández presentó a Fúster varios elementos de prueba, como ser la pericia georreferenciada de fincas en la que se confirma que la magistrada denunciada entregó los inmuebles ubicados en la zona de seguridad fronteriza a las off shore o empresas de maletín. Asimismo no se descarta que dichos inmuebles estén en manos de brasileños, lo cual pone en riesgo la soberanía de nuestro país.
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Ley de seguridad fronteriza
La denuncia penal contra Irún refiere que la magistrada violó expresamente la Ley 2532/2005, que regula la zona de seguridad fronteriza. Dicha norma fue sancionada y promulgada a fin de preservar la demarcación territorial y prevenir la ocupación u obtención de dichas tierras justamente por parte de personas físicas o jurídicas, ya que se encuentran en zonas limítrofes.
El documento explica que las zonas en cuestión son demarcadas por el Ministerio de Defensa Nacional y tal situación también se anota en la Dirección de Catastro y en los Registros Públicos.
La norma legal dice claramente que ni un escribano público ni mucho menos el juez puede autorizar un acto jurídico de transferencia porque viola la ley de territorialidad. Por lo tanto, la determinación adoptada por la magistrada Tania Irún es completamente irregular y antijurídica debido a que la misma ordenó la transferencia de inmuebles que están en zonas fronterizas, sostienen.
El artículo 8 de la Ley 2532/05 establece que los actos jurídicos que están en contra de lo dispuesto en la ley serán nulos, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponder a los jueces, funcionarios y a los notarios públicos intervinientes.
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