La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anuló las resoluciones del Tribunal de Apelación y del Juzgado Penal de Garantías, que beneficiaron con el sobreseimiento al ingeniero Hermann Pankow, quien seguirá procesado penalmente por denuncia falsa. El ingeniero Hermann Pankow, proyectista que tuvo a su cargo el diseño original del superviaducto.

El fiscal del caso, Federico Leguizamón, había recurrido los fallos de primera y segunda instancia que beneficiaron a Pankow, por lo que el mismo seguirá sometido al proceso penal.

Pankow formuló denuncia ante el Ministerio Público contra seis funcionarios del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones por los supuestos hechos punibles de lesión de confianza y asociación criminal por supuestas irregularidades en el llamado a licitación para la construcción de la obra del Superviaducto con base en la presunta violación de la Ley 2051 de Contrataciones Públicas.

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La investigación fiscal pudo constatar que los cambios realizados en el proyecto original estaban estipulados en las condiciones especiales del contrato, las cuales fueron presentadas por la empresa adjudicada ante el MOPC y posteriormente evaluadas por la empresa fiscalizadora de la obra en condiciones adecuadas.

Igualmente, el dictamen pericial realizado por los técnicos del Ministerio Público demostró que la obra cumplió con el proyecto licitado, aprobado y ejecutado con los requisitos esenciales y de conformidad al proyecto final de la obra y no presentaba irregularidad.

Por lo tanto, se concluyó que en ningún momento se produce un perjuicio patrimonial al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones ni la supuesta comisión de un hecho punible como fuera denunciado por Hermann Pankow.

En torno al caso, el ingeniero fue imputado posteriormente por la Fiscalía tras recabar suficientes evidencias en la presunta comisión del hecho punible de denuncia falsa.

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