El abogado Claudio Lovera, representante legal del exsenador colorado Óscar González Daher y su hijo Óscar González Chávez, solicitó al Tribunal de Sentencia la nulidad de la acusación del Ministerio Público, que acusó a padre e hijo por los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa. Asimismo, el profesional del derecho presentó varios incidentes al inicio del juicio oral y público.
El Tribunal de Sentencia que tiene a su cargo juzgar a padre e hijo está conformado por Yolanda Morel, Yolanda Portillo y Manuel Riera, quienes deberán analizar el planteamiento hecho por la defensa de los dos acusados. Por su parte, el Ministerio Público pidió al colegiado rechazar los incidentes presentados por la defensa de los acusados.
El miércoles continúa la audiencia oral para González Daher y su hijo, en la que el colegiado deberá decidir sobre los incidentes planteados durante el juicio oral.
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OGD y su hijo Óscar González Chávez fueron acusados de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa por el caso que guarda relación con la inmobiliaria Príncipe di Savoia.
La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) había detectado que la firma presentaba movimientos de sumas importantes de dinero de carácter sospechoso, por lo que había relevado un informe que luego fue derivado a instancias de la Fiscalía de Delitos Económicos.
Semanas atrás, un Tribunal de Sentencia condenó a González Daher a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena en el caso conocido como audios JEM. Ante este fallo condenatorio, la defensa del exlegislador anunció que apelarán la sentencia dictada en primera instancia.
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Testificaron las hermanas de Maradona: “A veces se resistía” a la atención médica
San Isidro, Argentina. AFP.
La leyenda del fútbol Diego Maradona “a veces se resistía” a ser atendido por médicos, dijo ayer jueves una de sus hermanas en el juicio a siete profesionales de la salud por su muerte en Argentina en noviembre de 2020. Claudia y Ana, dos de las hermanas de Maradona, que son querellantes en la causa, declararon este jueves en la cuarta semana del juicio que tiene lugar en San Isidro, un suburbio al norte de Buenos Aires cercano a la localidad de Tigre, donde murió el exfutbolista.
Claudia, de 53 años y la menor de las cinco hermanas de Maradona, dijo que Diego “a veces se resistía” a ser atendido por médicos y que “era de carácter fuerte”. Ella y Ana, de 74 años, coincidieron en que su hermano “hacía lo que él quería”. Maradona falleció por un edema pulmonar generado por una insuficiencia cardíaca el 25 de noviembre de 2020 mientras cursaba una internación domiciliaria posterior a una neurocirugía.
Las hermanas dijeron que participaron en la decisión de hacer internación domiciliaria y Claudia señaló que los especialistas les habían dicho que “iba a haber médicos clínicos” y equipamiento para atenderlo. Otros testigos en el juicio en sus testimonios señalaron que no había ambulancias ni equipamiento médico como desfibrilador en la casa donde murió el ídolo.
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Las hermanas dijeron que Leopoldo Luque, el neurocirujano y uno de los imputados en la causa, era el médico de confianza de Maradona. Ana contó que vio por última vez a su hermano cuando estaba internado en la Clínica Olivos, semanas antes de su fallecimiento, y que cuando le consultó cómo estaba, él le respondió: “Me duele el alma”.
En la tarde del jueves se preveía que declarara otra de sus hermanas, Rita, y Verónica Ojeda, madre del hijo menor de Diego Maradona. Siete profesionales de la salud (médicos, enfermeros, la psiquiatra y un psicólogo) son acusados de homicidio con dolo eventual, una figura que implica que eran conscientes de que su accionar podía ocasionar la muerte. Una octava acusada -enfermera- será juzgada en un proceso separado.
Este juicio, que comenzó el 11 de marzo, se prolongará al menos hasta julio con la declaración de decenas de testigos. Los acusados arriesgan entre 8 y 25 años de prisión. El abogado de las hermanas Maradona, Pablo Jurado, objetó algunas de las preguntas de otros querellantes a las testigos, que apuntaban a las relaciones contractuales entre el exfutbolista y sus hermanas.
Para Jurado, las respuestas pueden afectar los intereses de sus defendidas en otra causa, en la que los hijos de Maradona demandan a sus tías por los derechos de la “marca Maradona”. El tribunal no hizo lugar a las protestas y las hermanas tuvieron que responder al respecto. Las marcas “son algo que nos dejó a la familia”, dijo Claudia y añadió que antes de su muerte Diego Maradona solo les “daba regalos”.
Murió sin alcohol ni drogas en sangre
Diego Maradona no tenía alcohol ni “drogas de abuso” en sangre cuando murió, a pesar de su historial de consumo, dijo el pasado martes un perito, en el juicio a siete profesionales de la salud por la muerte del exfutbolista en Argentina en 2020. “Ninguno de los cuatro tubos (de muestras) dio detectable para cocaína, marihuana, MDMA, éxtasis ni anfetamina”, dijo el perito bioquímico Ezequiel Ventosi, que analizó las muestras de sangre, de orina e hisopados de Maradona tras su muerte y constató que tampoco había presencia de alcohol.
El astro futbolístico argentino, quien tuvo periodos de excesos durante su agitada vida, falleció por un edema pulmonar generado por una insuficiencia cardíaca el 25 de noviembre de 2020 mientras cursaba una internación domiciliaria posterior a una neurocirugía. Las pericias posteriores a su muerte sí detectaron cinco sustancias correspondientes a medicamentos antidepresivos, anticonvulsivos, antipsicóticos y contra las náuseas.
El testimonio de Ventosi se dio en la apertura de la cuarta semana del juicio que tiene lugar en San Isidro, un suburbio al norte de Buenos Aires cercano a la localidad de Tigre, donde murió el ídolo. En la audiencia del martes, se leyó el testimonio de 2021 del médico personal de Maradona entre 1978 y 2009, Alfredo Cahe, fallecido en 2024.
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Según el escrito, Cahe vio a Maradona en noviembre de 2020, cuando se recuperaba de una neurocirugía en la Clínica Olivos. Todo le pareció “extraño” y Leopoldo Luque, médico del ex deportista al morir e imputado, no le contestó sus consultas sobre el estado de salud del paciente. La internación domiciliaria “era lo menos indicado” para Maradona ya que “debía estar bajo terapia intensiva con control del corazón constante y continuo”, dijo Cahe, quien opinó que hubo negligencia y apuntó la falta de control y de ingesta de medicación cardíaca.
“Con un correcto seguimiento y control (la muerte) era evitable”, aseguró en el testimonio. Además, declararon otros tres peritos, entre ellos la anatomo-patóloga Silvana de Piero, que analizó los órganos tras el deceso y detalló que el hígado mostraba signos compatibles con cirrosis, los riñones insuficiencia, los pulmones una patología crónica y el corazón signos de falta de oxígeno.
Siete profesionales de la salud (médicos, enfermeros, la psiquiatra y un psicólogo) son acusados de homicidio con dolo eventual, una figura que implica que eran conscientes de que su accionar podía ocasionar la muerte. Una octava acusada -enfermera- será juzgada en un proceso separado. Este juicio, que comenzó el 11 de marzo, se prolongará al menos hasta julio con la declaración de decenas de testigos. Los acusados arriesgan entre 8 y 25 años de prisión.
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El juicio oral a Carlos Granada, acusado por acoso sexual, se iniciará el 7 de abril
El día lunes 7 de abril se iniciará el juicio oral y público para el exgerente periodístico de canal 9 Carlos Granada acusado por acoso sexual, coacción, coacción sexual y violación. Así resolvió el tribunal de apelación quien rechazó los incidentes presentados por la defensa del acusado.
Los camaristas que firmaron la presente resolución son Agustín Lovera Cañete, Cristóbal Sánchez y José Waldir Servín, quienes fundamentaron el rechazó del incidente del acusado que el recurso presentado no cumplía con los requisitos básicos de la admisibilidad.
El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Laura Ocampo, Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza son los que deberán juzgar a Granada por los delitos mencionados más arriba.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público, varias trabajadoras del Grupo Albavisión (de los canales SNT y C9N) habían denunciado ante la Fiscalía a Granada en mayo de 2022, argumentando que en reiteradas ocasiones las había acosado sexualmente.
Desde el Ministerio Público recordaron que fueron víctimas del acusado seis mujeres, todas periodistas hostigadas con fines sexuales. “En tanto, otras padecieron a actos sexuales mediante la fuerza y tuvieron que soportar estos actos ante las amenazas contra sus fuentes de trabajo”, apuntaron.
Resaltaron que Granada se habría valido de su posición jerárquica e influencias ante sus víctimas subordinadas. El proceso contra el periodista empezó en mayo de 2022 y fue imputado por varios delitos, por lo que el juez Julián López resolvió enviarlo a prisión, donde estuvo durante varios meses hasta cumplir la pena mínima.
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Imedic: confirman condena de 4 años de cárcel para Patricia Ferreira
El Tribunal de Apelación en lo Penal confirmó la condena de 4 años de cárcel para la presidenta de Imedic S.A, Patricia Ferreira Pascottini y 4 años de pena privativa de libertad para la directora general Nidia Godoy. Así también, se confirmó la absolución del tercer acusado, el despachante de Aduanas Néstor Ramírez. El Tribunal está conformado por los jueces José Waldir Servín, Delio Vera Navarro y Cristóbal Sánchez.
La Cámara de Apelación señala que la pena de 4 años de cárcel impuesta a Ferreira y Godoy son las adecuadas para el caso en particular. El colegiado ha llevado a cabo, en forma efectiva, el proceso de individualización de las penas impuestas, que deben ser útiles y justas, pues se adecuan a las particularidades del caso concreto. Esto atendiendo al marco penal establecido para el hecho punible realizado, y además, se halla dentro de los límites del grado de reproche y conforme a los fines preventivos” indica parte de la resolución de segunda instancia.
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En octubre del 2024 un Tribunal de Sentencia condenó a Patricia Ferreira y Nidia Godoy a la pena privativa de libertad de 4 años de cárcel, luego de ser encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma, que posibilitó el ingreso de medicamento de dudosa procedencia a nuestro país.
Los jueces de sentencia mencionaron que “se ha producido la falsificación de las facturas, así como también se falsificaron las guías, que decía país de origen Brasil, pero los documentos originales presentados como pruebas indican que los medicamentos provienen de China, la India y México, y una de Colombia. Hubo una manipulación de los representantes de Imedic”.
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Caso Sol Chávez: familiares de la víctima no pueden nombrar a la odontóloga condenada
En un giro controvertido dentro del caso de Sol Chávez, la joven fallecida por intoxicación con flúuro, un juez dictó una medida cautelar que prohíbe a sus familiares mencionar o acercarse a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza, condenada por homicidio culposo. La decisión ha generado indignación en los padres de la víctima, María Edith Franco y José Domingo Chávez, quienes recibieron un oficio judicial que, según su abogado, presenta numerosas irregularidades.
La medida fue dictada tras una denuncia presentada por Espinoza contra la familia de Chávez, amparándose en la Ley 5.777/2016 de violencia contra la mujer. Sorprendentemente, el documento judicial señala a la odontóloga como “víctima”, lo que ha sido fuertemente cuestionado por la defensa de la familia Chávez.
El abogado José Armoa denunció errores graves en el oficio judicial, que van desde incongruencias en los nombres de los involucrados hasta la carátula del documento, donde se menciona un hecho punible de violencia doméstica. “No sabemos si es un error de tipeo o qué, pero un error de esta naturaleza no puede tener esas incongruencias. Lo que más nos llama la atención es que la carátula del Juzgado enuncia un hecho punible de violencia doméstica”, expresó Armoa en declaraciones al canal GEN/Nación Media.
El abogado también explicó que no se puede caratular como “violencia doméstica” un conflicto entre personas que no conviven juntas. En este caso, ni la odontóloga Espinoza ni la química Sandra Hermosa (también acusada por la muerte de Sol Chávez) tienen relación de cohabitación con la familia de la víctima.
Piden investigar al juez del caso
Ante las irregularidades en el documento judicial, la familia Chávez solicita que se investigue al juez José Segundo Velázquez Alfonso, responsable de la medida cautelar. La defensa de la familia destaca que el oficio presenta errores desde el encabezado, mencionando a un jefe policial ajeno al caso, hasta restricciones impuestas a personas extrañas, cuyos nombres fueron corregidos a bolígrafo.
Antecedentes del Caso
Sol Chávez falleció el 9 de abril de 2021 debido a una intoxicación con flúuro. Tras un proceso judicial, Lilia Graciela Espinoza y Sandra Hermosa fueron condenadas a solo dos años de prisión, lo que generó indignación en la opinión pública. Sin embargo, la sentencia fue anulada, y actualmente se lleva a cabo un nuevo juicio.
La decisión de prohibir a la familia de la víctima mencionar a la odontóloga condenada ha generado un fuerte rechazo y ha reavivado el debate sobre la transparencia y equidad en el sistema judicial. La familia Chávez insiste en que seguirá luchando por justicia para su hija y exige que se revisen las acciones del juez a cargo del caso.
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