La directora del diario ABC Color, Natalia Zuccolillo, y el periodista Juan Carlos Lezcano recurren a viejas prácticas chicaneras para poder lograr la inhibición de jueces que actuarán conforme a derecho. En el presente caso, el magistrado de sentencia Elio Ovelar se inhibió de seguir entendiendo en el presente proceso debido a que el comunicador Lezcano contrató al abogado Álvaro Arias, quien es defensor del hijo del juez en otro proceso penal.
Ante la sospechosa inhibición del juez Ovelar, su colega Olga Ruiz impugnó la separación del referido magistrado y ahora será un Tribunal de Apelación el que tendrá que decidir quién realizará el juicio oral contra Natalia Zuccolillo y Juan Carlos Lezcano, quienes fueron querellados por la exministra de la Subsecretaría de Estado de Tributación, Marta González.
Asimismo, la jueza de Sentencia Ruiz fue mucho más dura y clara debido a que pidió que se apliquen sanciones a los chicaneros. También solicitó a los integrantes del Tribunal de Apelación que ratifiquen la competencia de su colega Ovelar debido a que el citado juez no argumentó correctamente los motivos de su inhibición.
Finalmente, la jueza invocó el Código Procesal Penal, que en su artículo 112, que habla de la buena fe de los litigantes y donde se expresa claramente que las partes no podrán designar durante la tramitación del proceso abogados que tengan causales de inhibición con el juez con la sola intención de apartarlos del caso y que el magistrado cancelará la personería del abogado en cuestión, sin perjuicio de las demás sanciones que el código establece, señala la normativa legal y por la cual podrían recibir una sanción los querellados Natalia Zuccolillo y el periodista Juan Carlos Lezcano.
De esta manera, la magistrada Ruiz deja en claro que la inclusión de Álvaro Arias es meramente dilatoria y pide que el juez Ovelar sea el que siga entendiendo en el caso y que se sancione a las partes como lo establece el Código.
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