La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, rechazó la apelación planteada por la defensa del diputado colorado Miguel Cuevas y ratificó la prisión del citado legislador en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional. La resolución judicial lleva la firma de los ministros de la Corte Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia. El referido legislador está procesado por enriquecimiento ilícito, declaración falsa y otros hechos punibles.
El pasado 9 de junio, el Tribunal de Apelación integrado por los camaristas Arnulfo Arias, Emiliano Rolón y Carlos Ortiz Barrios ratificó la prisión de Cuevas en la citada sede policial. La defensa del parlamentario apeló la decisión del juez penal de Garantías Yoan Paul López, quien ratificó la prisión.
Por el mismo caso que afronta el parlamentario, también están procesados su hijo Enzo Cuevas Florentín, imputado por enriquecimiento ilícito en grado de complicidad y su esposa Nancy de Cuevas, procesada por cobro indebido de honorarios en calidad de autora y uso de certificados de méritos y servicios de contenido falso. Madre e hijo tienen medidas alternativas a la prisión dictadas por el Juzgado Penal de Garantías de la capital.
El Ministerio Público tiene tiempo para formular su requerimiento conclusivo hasta el 22 de enero del 2021 y eso implica que la Fiscalía seguirá recolectando varios elementos de prueba contra el diputado y los demás procesados.
Corte declaró asueto judicial el miércoles 16 de abril por Semana Santa
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El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, cuyos integrantes son César Diesel, Carolina Llanes y César Garay, dispuso asueto judicial y suspensión de los plazos procesales el día miércoles 16 de abril de 2025, por la celebración de la Semana Santa.
Por resolución N° 506, el Consejo de Superintendencia se decidió declarar asueto judicial el próximo miércoles 16 de abril y a su vez se establece que los plazos procesales y registrales que vencen en la fecha mencionada fenezcan el lunes 21 de abril en todas las Circunscripciones Judiciales de la República del Paraguay.
La máxima instancia judicial tiene atribuciones para dictar todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de la Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º, inc. b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”.
Con la presente resolución de los altos magistrados, los funcionarios del Poder Judicial deberán prestar servicio hasta el día martes a las 13.00.
El exsuboficial Florentín fue condenado a 24 años de cárcel por el homicidio de Rodrigo Quintana
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Este viernes, el Tribunal de Sentencia condenó al suboficial Gustavo Adolfo Florentín Silva a 24 años de prisión por el homicidio doloso agravado de Rodrigo Quintana, hecho que ocurrió en 31 marzo del 2017 en sede del Partido Liberal Radical Autentico (PLRA). El agente policial es el único procesado y condenado por el asesinato del dirigente liberal.
El tribunal estuvo presidido por Lourdes Garcete e integrado por Manuel Aguirre y Rossana Maldonado, quienes tras analizar todas las evidencias y escuchar a los testigos decidió que suboficial debía ser condenado por matar al joven dirigente. “Florentín disparó el arma, los proyectiles impactaron en la espalda de Rodrigo Quintana”, manifestó la jueza Garcete.
Afirmó que los nueve proyectiles que fueron disparados por el acusado, luego de que forzó y entró en sede del partido, atravesaron varios órganos de la víctima, quien terminó falleciendo en el lugar. Tras realizar los disparos, Quintana cayó al suelo y seguidamente fue pisado por Florentín, quien lo miró detenidamente, pero no lo auxilió y prosiguió su camino hacia el patio.
“El impacto de estos nueve proyectiles de plomo atravesaron varios órganos incluidos sus pulmones y le ocasionaron una hemorragia que derivó en una muerte agónica por una asfixia por la acumulación de sangre, lo que en medicina se considera neumotórax”, detalló la jueza, durante la lectura final de la sentencia.
Ricardo Estigarribia, abogado del sentenciado, afirmó que con esta condena queda claro que no existen garantías para los agentes policiales y militares, y que no se puede condenar a una persona sin siquiera saber cuál es el arma homicida. “No se analizó la totalidad del contexto de lo que ocurrió”, puntualizó a los medios de comunicación.
El juez Rodrigo Estigarribia ratificó la admisión de la imputación contra la jueza de paz Analía Cibils, en el caso conocido como la mafia de los pagarés. Foto: Jorge Jara
Mafia de los pagarés: ratifican admisión de imputación contra jueza de Paz Analía Cibils
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El juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia ratificó la admisión de la imputación por el delito de prevaricato contra la jueza de Paz Analía Cibils, quien está suspendida en sus funciones. La misma presentó un recurso de reposición y apelación en subsidio contra la determinación adoptada por el magistrado sobre la admisión de la imputación. Ahora, el expediente deberá subir al Tribunal de Apelación debido a que el recurso fue subsidiaria.
La fiscala Belinda Bobadilla sostuvo que el acta imputación cumple con los requisitos establecidos para la admisión. Fue al momento de contestar el recurso plantado por la defensa de la jueza imputada.
Son varios los imputados que ya presentaron incidentes al solo efecto de poder dilatar someterse a los mandatos de la Justicia debido a que se está suspendiendo la realización de la audiencia de imposición de medidas cautelares.
Asimismo, el juez Estigarribia rechazó la chicana presentada por la ujier notificadora, Audrey Jazmín Galeano Mora, hija del expresidente del Colegio de Abogados, Rubén Galeano.
La imputada por el caso conocido como la mafia de los pagarés había planteado una reposición y apelación en subsidio contra la determinación del juez, quien admitió y procesó penalmente a la hoy exfuncionaria judicial. Ahora, el expediente judicial deberá subir al tribunal de apelación, donde se tendrá que estudiar si corresponde confirmar la resolución del juez.
Jueza hizo lugar al sobreseimiento definitivo de directora, docente y coordinador de colegio de Lambaré
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El juzgado penal de garantías de Lambaré, a pedido de Isabel Bracho, resolvió hacer lugar al sobreseimiento definitivo de la directora de un colegio, una docente y la coordinadora de la institución ubicada en Lambaré, quienes fueron procesadas penalmente por violación del deber de cuidado y otros delitos, a partir de un caso de abuso ocurrido en un colegio lambareño.
Las beneficiadas con la desvinculación total del grave suceso son; Carolina Urbieta de Villate, María Gabriela Santiviago Rivarola y Olga María Feltes Ochoa, quienes por extinción de la acción penal obtuvieron el sobreseimiento definitivo.
Bracho sostuvo en su resolución que “considerando lo que consta en el expediente judicial, no existiendo reapertura de la causa, ni pedido del Ministerio Público para que el caso se eleve a juicio oral, ni otro requerimiento, estando tanto la querella adhesiva como la fiscalía notificadas de la resolución del 27 de diciembre de 2023 donde se decidió el sobreseimiento provisional, a criterio de esta magistratura corresponde aplicar el sobreseimiento definitivo”, indica la magistrada en su resolución.
En su momento, el Ministerio Público investigó este caso e incluso las hoy beneficiarias de la desvinculación definitiva del proceso estuvieron privadas de libertad.