La declaración jurada de bienes de las autoridades nacionales, funcionarios públicos y ministros de la Corte será publica. Así lo resolvió la Sala Constitucional ampliada de la Corte, con siete votos a favor, rechazando la acción promovida por la Contraloría contra la publicación de la declaración jurada de bienes.
Con el citado fallo judicial se tendrán que dar a conocer los bienes de autoridades nacionales y otros desde 1998 hasta el 2017. El fallo se considera histórico porque sienta un precedente respecto a la publicación de las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios.
Los que votaron por hacer pública la declaración de las autoridades fueron Alberto Martínez Simón, Manuel Ramírez Candía, Eugenio Jiménez, Valentina Núñez, Óscar Paiva, Carolina Llanes y María Mercedes Bougermini. Mientras que Marcos Riera Hunter votó por hacer lugar parcialmente a la acción, debido a que considera que solo debería publicarse la declaración jurada de los funcionarios, no así de los cónyuges y familiares. Por su parte, Guido Cocco votó por hacer lugar a la acción planteada por la Contraloría.
De acuerdo al fallo judicial, mencionaron que “las declaraciones juradas de bienes no son secretas ni reservadas, sino son públicas”. Agregaron que “la acción no era la vía para atacar el fallo de primera y segunda instancia, sino que tenía que ser a través de una excepción de inconstitucionalidad”.
Los altos magistrados debatieron durante más de 5 horas y ratificaron que todo lo que concierne a las instituciones públicas son datos públicos.
Antecedentes
El juez penal de Garantías Rubén Riquelme resolvió en fecha 8 de mayo del 2018 hacer lugar al amparo promovido por Juan Carlos Lezcano, quien en aquel entonces solicitó acceder a las declaraciones juradas de varias autoridades nacionales. Ante esta determinación judicial, la Contraloría General de la República apeló la resolución de primera instancia.
En fecha 7 de junio del 2018, el Tribunal de Apelación primera sala, integrado por Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander, confirmó parcialmente la decisión de primera instancia, dejando en claro que no corresponde que se haga pública la declaración jurada de bienes de cónyuges y familiares de los funcionarios públicos y autoridades nacionales.
Debido al referido fallo, la Contraloría presentó una acción de inconstitucionalidad que se rechazó de parte de los miembros de la sala constitucional de la máxima instancia judicial.