Un Tribunal de Sentencia condenó a 22 años de cárcel a Carlos González Prieto tras ser encontrado culpable por la comisión del hecho punible de homicidio doloso. La resolución del colegiado se dio a conocer luego del juicio oral y público. El fiscal del presente caso fue Alfredo Mieres.
El colegiado, al momento de dar a conocer el fallo, mencionó que el Ministerio Público pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el hecho investigado, por lo que la pena para el mismo es de 22 años de cárcel.
Refieren los antecedentes de la investigación que en fecha 2 de febrero del 2019, a las 15:30 aproximadamente, el hoy condenado se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en el barrio Empalado de la ciudad de Caaguazú, en compañía de su hermano Julio González Prieto. Ambos estaban compartiendo bebidas alcohólicas hasta que en un momento dado se inició una discusión y el procesado hirió al otro con un arma blanca a la altura del tórax, lado izquierdo.
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Seguidamente, Julio fue hasta la casa de su vecino Eleuterio Villalba y le pidió auxilio. De manera inmediata lo subió a su motocicleta con el objetivo de trasladarlo a un hospital, pero estando cerca del lugar el afectado cayó al suelo y falleció.
Por su parte, la defensa del sentenciado tiene la posibilidad de apelar el fallo de primera instancia. En caso de ser así, será un tribunal de apelación el que tendrá que decidir si confirma la resolución de primera instancia o anula el fallo.
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