El Tribunal de Apelación integrado por los jueces: Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Emiliano Rolón, ratificó el embargo preventivo de los bienes del ex titular del Indert Justo Cárdenas, acusado de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
El fallo tuvo la disidencia de Rolón, quien votó por revocar la resolución de primera instancia, sin embargo los camaristas en mayoría resolvieron confirmar la resolución del juez Humberto Otazú, quien había rechazado levantar el embargo de los bienes de la firma Agroindustrial Ganadera JPC S.A., solicitado por el abogado Benjamín Pérez en el mes de noviembre del 2019.
Los magistrados argumentaron su determinación señalando que: “Las medidas cautelares dispuestas en las leyes citadas tienen como objetivo precautelar los bienes producto de la actividad ilícita descripta por el cuerpo legal, a fin de que en el caso de ser determinadas puedan pasar al Estado”, menciona parte del fallo judicial del Tribunal de Apelación.
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Acusación
Los agentes fiscales Josefina Aghemo y Sussy Riquelme de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, formularon acusación contra Cárdenas y solicitaron que el presente caso se eleve a juicio oral. Los hechos punibles atribuidos al ex titular del Indert son: Enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. El mismo no habría podido justificar la suma de G. 2.600 millones en sus ingresos.
Además, el Ministerio Público acusó a los hijos de Cárdenas: Justo Pastor Cárdenas Pappalardo, María Alexandra Cárdenas Pappalardo y Allan Cárdenas Rodríguez por el delito de lavado de dinero.
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