La jueza penal de Garantías Clara Ruiz Díaz rechazó el amparo presentado por un grupo de quince abogados que accionaron contra el decreto del Poder Ejecutivo, que declaró emergencia sanitaria a raíz del COVID-19 en nuestro país, y pidieron en la referida acción ser habilitados para transitar y así poder trabajar.

La magistrada fundó su resolución señalando que “esta magistratura considera que no se encuentran reunidos los requisitos establecidos en la Constitución Nacional, en relación a que existen otras vías e instancias ante las cuales los recurrentes pueden reclamar los derechos supuestamente conculcados, es decir, que necesariamente deben agotar las instancias administrativas correspondientes”.

Asimismo, dice la resolución judicial que “el amparo no es la vía adecuada, por lo que corresponde rechazar la acción presentada por los recurrentes”.

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Los abogados Víctor Marecos, Guillermo Velázquez, Daniel Martínez, Reinaldo Velázquez, Buenaventura Noguera, Martín González, Rodrigo Barreto, Hugo Torres, Andrés Soto, Alcides Gayoso, Daniel Trinidad, Rubén Montanía, Felipe Lovera y Tomas Aníbal Ocampos Núñez son los profesionales que promovieron la garantía constitucional.

Procurador pidió el rechazo

Por su parte, el procurador general de la República, Sergio Coscia, en representación del Poder Ejecutivo, solicitó a la jueza de Garantías de turno rechazar el amparo promovido por los abogados. Argumentó su pedido señalando que: “esta representación considera que la presente acción de amparo es totalmente improcedente, en razón de que no se encuentran presentes los requisitos para la concesión de la garantía constitucional promovida por los abogados; la inexistencia del requisito del agotamiento de las vías previas, además de que el amparo no es la vía para la derogación o modificación de un decreto presidencial en el supuesto caso de que este pueda ser considerado violatorio de derechos constitucionales”.

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