El juzgado penal de garantías N° 2 de Luque a cargo de Cecilia Ocampos realizó un total de 42 audiencias desde el lunes 13 de abril hasta la fecha. Cabe destacar que estos servicios de justicia se realizan con todas las medidas sanitarias impartidas por el Ministerio de Salud Pública para evitar la propagación del COVID-19.
El día de hoy la jueza llevó a cabo una audiencia de revisión de medidas por videollamada para un interno recluido en la Penitenciaría Padre De la Vega, de Emboscada. Participó de la misma la defensora pública quien se encontraba en el juzgado. En ese sentido las otras audiencias fueron sobre imposición de medidas, revisiones de medidas, incumplimiento de medidas y rebeldes capturados.
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Cabe señalar que las audiencias fueron realizadas con la cantidad mínima de funcionarios judiciales, la cual es requerida según el Art. 23° de la Acordada N° 1366 de la Corte Suprema de Justicia, junto con todas las medidas sanitarias necesarias indicadas por el Ministerio de Salud.
Es importante resaltar que la Acordada 1325/19 dictada por la máxima instancia judicial autoriza la utilización de medios telemáticos en la tramitación de las causas penales, como también la Ley N° 6495/2020.
Asimismo, en la oficina de Atención Permanente del Palacio de Justicia de Asunción también se siguen realizando las audiencias de imposición de medidas cautelares para los imputados por violar la cuarentena sanitaria, así como para las personas que fueron detenidas por otros hechos punibles.
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Venta de energía al Brasil expone una buena sintonía para la revisión del tratado de Itaipú
El experto energético Victorio Oxilia manifestó que la reciente decisión del Brasil en habilitar la importación de energía eléctrica paraguaya para su venta al mercado libre expone una buena sintonía entre los gobiernos de Santiago Peña y Luiz Inácio Lula da Silva para poder avanzar en la búsqueda de un acuerdo auspicioso en torno a la próxima renegociación del Anexo C del tratado de Itaipú.
“Creo que se está avanzando en las negociaciones y, lo que es muy importante, hay buena sintonía. Se trata de un avance, un paso. Un paso no resuelve el futuro, pero indica que hay un progreso. Esto representa un paso hacia la integración entre sistemas eléctricos; un paso relevante pero hay todavía un camino a recorrer. Algo semejante se había dado en su momento entre Colombia y Ecuador hace unos 15 años”, sostuvo Oxilia al diario La Nación/Nación Media.
“Debemos recordar que, en mayo pasado, en el marco de lo acordado sobre el costo de la tarifa de Itaipú, para el periodo 2024-2026, gran logro financiero del gobierno paraguayo, esta modalidad de comercialización de energía eléctrica se había colocado como lineamiento para las negociaciones del futuro Anexo C”, acotó el especialista.
“Un laboratorio”
El pasado 31 de octubre, el Ministerio de Minas y Energía del Brasil público oficialmente su normativa que establece las directrices para la importación de nuestra energía. La decisión es considerada como un hito significativo para el Paraguay.
“Esto es como una prueba para ambos países. Para Paraguay es un laboratorio para chequear cuánto está dispuesto a pagar el mercado brasileño, de manera real, por su energía. Con esto posiblemente se acabará la leyenda urbana de que nuestra energía debe venderse a precio de oro. El mercado finalmente sabrá evaluar cuánto vale, considerando todos los encargos propios del sistema eléctrico brasileño de transmisión, impuestos y otros”, comentó a LN.
Oxilia siguió sosteniendo que “Mientras que Brasil probará cómo resultará este tipo de transacción, que es inédita para las operaciones con otro país. En este sentido, Paraguay ha obtenido un logro que ningún otro país vecino de Brasil ha conseguido: venta directa en régimen permanente”.
El tratado de la Itaipú fue el instrumento jurídico-diplomático que formalizó la alianza entre el Brasil y Paraguay para la explotación del potencial hidroeléctrico del río Paraná por ambas naciones. Fue suscrito el 26 de abril de 1973 y entró en vigencia el 13 de agosto de ese año y se conforma por los anexos A, B y C.
El Anexo A guarda relación con el estatuto de la entidad, mientras que en el Anexo B se encuentran definidas la descripción general de las instalaciones destinadas a la producción de energía eléctrica y obras auxiliares y en el Anexo C se fijaron las bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la represa.
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Operativo Bet: jueza ordenó la prisión preventiva de los imputados
La jueza penal de Garantía, Alicia Pedrozo, ordenó la prisión preventiva de seis personas imputadas por estafa, coacción, y asociación criminal, por supuestamente integrar parte de una red criminal dedicada a amañar resultados de partidos de fútbol con el fin de obtener ventajas económicas en apuestas deportivas.
La resolución de la referida magistrada se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares en la que los imputados Milciades Senen Cañete Grance, Víctor Pantaleón Valiente Piris, Dahiana Katherine Recalde Coronel, Yamile Belén Caballero Peralta, Jonatan Darío Martínez Jara y Romina Fabiola Rodríguez Alvarenga comparecieron y luego de la audiencia ya fueron trasladados hasta su lugar de reclusión.
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El fiscal Federico Delfino imputó a siete personas por los delitos de coacción, estafa y asociación criminal, por supuestamente formar parte de un grupo delictivo con el objetivo de amañar resultados de partidos de fútbol en competiciones organizadas por la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF), a fin de obtener ventajas económicas en apuestas deportivas.
Luis Esteban Cañete Torres, presumible líder del grupo, junto a Milciades Senen Cañete Grance y Víctor Pantaleón Valiente Piris, estarían implicados en los sobornos a jugadores para que estos bajen su rendimiento en los partidos y así lograr ganancias a través de apuestas. También están implicados Dahiana Katherine Recalde Coronel, Yamile Belén Caballero Peralta, Jonatan Darío Martínez Jara y Romina Fabiola Rodríguez Alvarenga, quienes habrían reclutado a otros jugadores.
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El efecto Netflix: fiscal recomendará una nueva sentencia para los hermanos Menéndez
El fiscal de distrito en Los Ángeles dijo recomendaría una nueva sentencia para los hermanos Lyle y Erik Menéndez, encarcelados de por vida por el asesinato de sus padres en 1989, dictamen que los haría elegibles para libertad bajo palabra. El fiscal George Gascon afirmó que pediría a un juez que dictamine que los dos hombres, cuyo caso ha vuelto a recibir atención por una serie y un documental emitidos en Netflix, deberían ver reducida su sentencia de forma que fueran elegibles para libertad condicional en los próximos meses.
“Luego de una muy cuidadosa revisión de todos los argumentos... Creo que bajo la ley, una nueva sentencia es apropiada y voy a recomendar esto a una corte mañana”, dijo Gascon a reporteros. Los hermanos Menéndez fueron sentenciados a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional tras el juicio que fue televisado y que ocupó los titulares de medios en todo el mundo.
En la época, los fiscales argumentaron que ambos hombres conspiraron para acabar con la vida de sus padres ricos en un intento por acelerar una herencia por 14 millones de dólares. Sin embargo, la defensa se basó en que los hermanos habrían sido víctimas de abuso sexual y físico continuo por parte de su padre, y del silencio cómplice de su madre, por lo que estallaron después de años de sufrimiento.
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El auge de la serie
El fiscal reconoció que el auge de la serie sobre el caso llevó a la fiscalía a ver el proceso con nuevos ojos. “Creo que muchas veces, por razones culturales, no les creemos a las víctimas de agresión sexual, ya sean mujeres u hombres”, afirmó el fiscal. El asesinato en 1989 de José y Mary Louise Menéndez en su elegante casa de Beverly Hills fue objeto de un auténtico frenesí mediático en Estados Unidos.
El juicio de Lyle y Erik se retransmitía diariamente por televisión, una novedad para la época, e incluso se considera la antesala mediática del “juicio del siglo”, que comenzó meses después contra el futbolista estadounidense O.J. Simpson. Los hermanos, que en ese entonces tenían 18 y 21 años, no fueron condenados en primera instancia porque el jurado se estancó sin la unanimidad necesaria para pronunciar su veredicto.
En 1996, un segundo juicio en el que el juez se negó a examinar numerosos elementos relacionados con agresión sexual concluyó con su condena a cadena perpetua irreductible por asesinato premeditado. El padre de la familia era José Menendez, inmigrante cubano impulsado por el sueño americano, que amasó una fortuna y fue vicepresidente de la empresa de alquiler de autos Hertz y luego director de operaciones del sello discográfico RCA.
Los dos hijos, que inicialmente no fueron considerados sospechosos, desviaron la atención de los investigadores y acusaron del crimen a la mafia, pero una denuncia reveló la confesión del asesinato, grabada durante las sesiones con un psicoterapeuta. La serie de ficción “Monstruos: La historia de Lyle y Erik Menéndez”, producida por Netflix, reavivó el interés por este caso, al punto de que el gigante del streaming también le dedicó al caso un nuevo documental.
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Nuevos elementos
Ambas producciones han sido ampliamente comentadas y replicadas por en TikTok e Instagram, y provocaron una amplia movilización digital a favor de los dos hermanos, que ya completan 35 años en prisión. El nuevo examen al caso reveló nuevos elementos, como una carta en la que Erik le cuenta a una prima sobre las agresiones sexuales de su padre, o el testimonio de un artista en el que dice haber sido drogado y violado por José Menéndez en los años 80.
El fiscal Gascon dijo que su recomendación solo sería para una nueva sentencia por asesinato en un grado menor, un cargo que podría acarrear una pena desde 50 años de prisión hasta cadena perpetua. “La decisión final la tomará el juez”, aclaró. “Sin embargo, debido a su edad, bajo la ley, al tener menos de 26 años al momento de los crímenes, ellos serían elegibles para libertad condicional de forma inmediata”, explicó.
Fuente: AFP.
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Jaime Franco solo podrá ser extraditado al Brasil tras cumplir su condena en Paraguay
La jueza especializada contra el crimen organizado, Lici Sánchez, manifestó que el narcotraficante Jaime Franco Mendoza, sindicado como uno de los autores intelectuales del asesinato del fiscal Marcelo Pecci, solo podrá ser extraditado al Brasil una vez que finalice su condena de 18 años en el Paraguay.
“Con relación a la posibilidad de extradición, considero que va a ser de imposible cumplimiento porque nuestras normativas no nos autorizan a suspender la ejecución de una sentencia dictada en Paraguay”, indicó en una entrevista con el programa “Así son las cosas” emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Detalló que la solicitud de extradición por parte del vecino país data desde el 2021. “Franco está cumpliendo su condena y no hay manera alguna de que se modifique esto. Esta persona tiene otros procesos judiciales, uno por estafa en el departamento de Alto Paraná y ahora tiene una nueva imputación por lavado de dinero. Se van ampliando las investigaciones fiscales contra esta persona en el Paraguay, entonces todos los procesos deben estar finiquitados para que pueda ser efectivizado la extradición”, sostuvo.
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Actualmente, Franco Mendoza se encuentra recluido en la sede de la Agrupación Especializada de la Policía Nacional. La condena de 18 años en su contra por el tráfico de 359 kilogramos de cocaína proveniente de Bolivia, cargamento que había sido requisado en agosto de 2012 en Minga Guazú, Alto Paraná, fue impuesta en el año 2017.
En un juicio anterior, en 2015, Franco Mendoza fue condenado a 11 años de prisión cuando el Tribunal de Sentencia excluyó de su responsabilidad el tráfico de drogas; Pecci apeló y logró elevar la pena. Este hecho sería una de las principales motivaciones que habría impulsado a Franco Mendoza a tomar venganza contra el agente fiscal antimafia.
La justicia brasileña requiere a Franco Mendoza para que cumpla condena por tráfico de drogas, posesión de sustancias y asociación criminal. El narco se expondría en el vecino país a una pena que podría ir a 55 o 60 años. En el país vecino no se unifican las condenas, sino que se suma la cantidad de años que corresponde por cada una.
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