El juez de Garantías José Delmás rechazó in limine el amparo promovido por la abo­gada Noris Amira Pedrozo, en representación de Denis Eduardo Rubod, contra la compañía marítima inter­nacional El Embarcador. La mencionada firma prestó los servicios de flete marí­timo para traer desde Miami (EEUU) hasta Asunción un contenedor con mercade­rías varias que se encuentran actualmente en el Puerto Caa­cupemí.

El accionante buscaba que el magistrado ordene libe­rar el contenedor con las mer­caderías. Delmas explicó que "el Código Aduanero le da la potestad a los empleados de verificar el contenido de lo que va llegando. Esto porque ya hubo casos en los que, de dicha forma, se traían drogas" y agregó que "si el dueño del container se da cuenta de que le están robando, que realice la denuncia ante la Fiscalía".

Finalmente, el juez sostuvo que se rechazó el amparo porque no se agotaron las vías admi­nistrativas correspondientes. "Acá directamente se presentó un amparo judicial e invoca­ron artículos constitucionales que no tienen nada que ver con lo que se estaba planteando", manifestó.

Ahora, la defensa del accionante tiene la posibi­lidad de apelar la resolución emitida por Delmás. En caso de hacerlo, será el Tribunal de Apelación el que resolverá si confirma el fallo de primera instancia o lo revoca.

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