Contraria a la opinión de varios profesionales del derecho, el Instituto de Previsión Social (IPS) alegó que la información que obra en los archivos de la previsional sobre la exfuncionaria, hoy senadora Lilian Samaniego, es considerada “de carácter personal” y negó un pedido vía Ley de Transparencia.
- Por Rossana Escobar M.
- rossana.escobar@nacionmedia.com
Raramente, el Instituto de Previsión Social (IPS) negó información considerada pública concerniente al legajo de Lilian Samaniego, exfuncionaria de la previsional y hoy senadora de la nación. La solicitud fue realizada a través del Portal de Transparencia el 29 de enero pasado.
Mediante un Dictamen de su Asesoría Jurídica, el IPS se respaldó básicamente en la aplicación de leyes crediticias para negar información garantizada por la Ley de Transparencia que rige en nuestro país. El escueto análisis se inclina por la protección de datos personales para mantener en reserva el legajo de la exempleada de la previsional, hoy parlamentaria.
El dictamen subestima los alcances de la Ley de Transparencia y se reduce a los riesgos definidos en la Ley de Protección de Datos Personales Crediticios. De esta forma en medio de los rumores de siempre acerca de las influencias de la parlamentaria en el ente, el IPS respondió que solo con el consentimiento de la mencionada exempleada se puede proporcionar lo solicitado.
“En el caso que nos ocupa, el recurrente solicita información de carácter personal de una exfuncionaria del IPS, por lo que dicha información no puede ser catalogada como información que deba mantenerse actualizada y a disposición del público, si no que, por el contrario, desde que el momento que la Sra. Lilian Samaniego dejó de formar parte del plantel de funcionarios activos del IPS, la información obrante en los archivos de la institución es considerada información de carácter personal. Su divulgación a terceros solo será posible si existe consentimiento expreso y por escrito de la titular de la información”, señala parte del motivo del dictamen jurídico.
Sin embargo, el “carácter personal” que la previsional atribuye a la información requerida y que consiste en el historial del legajo de Lilian Samaniego desde que ingresó al IPS hasta la fecha en que fue dada de baja, dato que obra en sus archivos y como fuente de consulta está obligado a proporcionar. Estos informes son de provisión habitual en cumplimiento de la Ley de Transparencia, por lo que llama poderosamente la atención la interpretación que se hace desde la institución que, hasta ahora, sigue siendo blanco del rumor de las lealtades que se rinden a la senadora por parte de una buena cantidad del funcionariado de alto rango.
El pedido también incluye los cargos que ocupó Samaniego en la previsional, histórico salarial por año y por puesto laboral, concurso de méritos que haya realizado para los puestos que ejerció desde su ingreso y hasta su salida.
Sumarios e investigaciones, pedidos de informes que se hayan generado sobre su gestión durante el tiempo que estuvo en IPS. Y un compendio de salario neto percibido por mes y año durante el tiempo que prestó servicios en el IPS. Si la trayectoria de la mencionada legisladora fue impecable en IPS, sus años de servicio se traducen en capacidad profesional y remuneraciones acordes, nada hay para ocultar a la gente interesada en el legajo que tiene en el ente.
La negativa de la previsional motivó al pedido de un dictamen al Ministerio de Justicia como ente rector de la aplicación de la Ley de Transparencia. Así también, el contralor Camilo Benítez como autoridad de la institución encargada de la supervisión de la Ley de Transparencia y Anticorrupción se comprometió a un dictamen jurídico sobre el caso.