El ex senador colorado Hugo Estigarribia firmó el dictamen presentado por la firma Icrop SA para justificar que la Conajzar delegue a la empresa privada atribuciones propias del ente regulador. La propuesta de la empresa fue aceptada por las actuales autoridades de la Conajzar y se autorizó vía resolución el censo, catastro y explotación de un negocio que les genera en forma ilegal cerca de US$ 1 millón por mes. El contradictorio dictamen de Estigarribia concluye que la resolución de Conajzar no tiene valor de ley, pero que sería deseable que así lo fuera y pese a carecer de peso de ley considera que sí tiene importancia legal de aplicación.

  • POR JORGE TORRES.
  • “LA CAJA NEGRA”. UNICANAL.

La empresa Icrop SA presentó en octubre del 2020 una pro­puesta formal a la Conajzar, presidida por José Ortiz Báez, para “regularizar” y explotar el negocio ilegal de las máqui­nas chinas. La propuesta de la empresa fue aceptada por las actuales autoridades de la Conajzar y se autorizó vía resolución el censo, catastro y explotación de un negocio que les genera en forma ilegal cerca de US$ 1 millón por mes.

Para sustentar esta opera­ción, la empresa contrató los servicios del estudio jurí­dico Estigarribia & Asocia­dos, representado por el ex senador Hugo Estigarribia, quien con un dictamen avaló la legalización de un negocio que opera al margen de la ley.

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Con la excusa de legalizar las máquinas callejeras, la firma Icrop SA cobra entre G. 300 mil a G. 400 mil por mes a cada tragamoneda distribuida en los diferentes puntos del país.

“La caja negra” tuvo acceso al dictamen elaborado por el estudio jurídico Estigarribia & Asociados, el cual culminó el pasado 16 de febrero, tras analizar el marco legal y cons­titucional de la polémica reso­lución de la Conajzar número 34/2020 que brinda la potes­tad a la empresa Icrop SA para censar, catastrar y explotar los juegos de azar con las máquinas callejeras.

En el primer punto, el dicta­men concluye que dicha reso­lución no tiene valor de ley, pero que sería deseable que así lo fuera mediante la modifica­ción de la normativa 1016/97 que establece el régimen jurí­dico para la explotación de los juegos de azar.

Sin embargo, pese a carecer de peso de ley, considera que sí tiene importancia legal de aplicación, pues alega que la resolución fue dictada para regular “un tipo de juego de azar no incluido ni previsto en esa ley”.

En este punto se deja de lado que en realidad los jue­gos con máquinas electró­nicas sí están regulados por esa ley y que los aparatos que se encuentren en la calle en realidad están operando de manera ilegal.

En el segundo punto, el estu­dio jurídico esgrime que la resolución de la Conajzar no es contraria al orden jurídico constitucional establecido en el artículo 137 que habla de la supremacía de la Constitu­ción Nacional, y que además sí se ajusta a las atribuciones departamentales y munici­pales.

Y como tercer punto con­cluye que “por los funda­mentos jurídicos esbozados en las líneas precedentes, cabe concluir que la resolución de Conajzar Nº 34/2020 tiene pleno valor normativo y es viable, desde la óptica cons­titucional, para su aplicación en todo el territorio nacional a la fecha”.

En su análisis, Estigarribia no se expresa respecto a las amplias facultades que otorga la Conajzar a la empresa bene­ficiada, tales como la posibili­dad de hacer el censo, el catas­tro, la liquidación del canon, el cobro a los dueños de máqui­nas, entre otros. En cambio, solo habla de que las máqui­nas chinas que están en las calles consisten en un “juego nuevo” que ahora se regula­rán mediante una resolución de la Conajzar.

Con este dictamen, la empresa Icrop SA, encargada del cobro del canon por la explotación ilegal de las máquinas traga­monedas, se sustenta en que la operación hecha por la Cona­jzar se encuentra dentro del marco de la ley. El “favorable” dictamen omite cuestiones básicas como el hecho de que la Conajzar violó su propia ley marco Nº 1016 al legalizar un tipo de juego de azar que opera ilegalmente, ademas de la dele­gación de funciones públicas que por ley solo corresponden al ente regulador.

Este es el dictamen elaborado por el abogado Hugo Estigarribia presentado a la Conajzar. Este informe fue usado por la firma Icrop SA para sostener la ilegalidad del negocio de “legalizar” las tragamonedas callejeras y que a la empresa le genera ganancias que rondarían los US$ 1 millón al mes.

NEGOCIO DE US$ 1 MILLÓN: CONTRATO SECRETO, ¿FACHADA PARA LAVADO?

La propuesta presentada por la empresa Icrop SA a la Cona­jzar, en octubre del 2020, fue elaborada por Cristian Vera, ex presidente de la Comisión Nacional de Juegos de Azar, quien hoy se desempeña como principal asesor de la firma.

La Conajzar hasta la fecha oculta el contrato con la firma Icrop, tampoco expone los dic­támenes, jurídico y técnico, que sustentaron la resolución número 34. ¿Acaso el único dictamen válido para el ente regulador fue el elaborado por el ex senador Hugo Esti­garribia a pedido de la empresa beneficiada con la concesión?

En un comunicado difundido la semana pasada, la empresa Icrop afirma que la sede de la empresa funciona en Loma Pytá, sin embargo, el equipo de “La caja negra” hizo la con­sulta al número que aparece en la página web de la empresa y nos derivó a la dirección de un local que no posee cartel ni indicación alguna en la zona de Luque.

La empresa Icrop SA cobra entre G. 300 mil a G. 400 mil al mes por cada tragamoneda, de los cuales G. 80 mil transfiere a la Conajzar. Se estima que existen unas 25 mil máquinas operando en forma ilegal, sin embargo, la empresa asegura que hasta hoy tienen censadas unas 17.612 máquinas ubica­das en Asunción, Central, Ciu­dad del Este y Encarnación. La cantidad de máquinas calle­jeras podría aumentar con­siderablemente teniendo en cuenta que aún falta censar varias zonas del país. Este es un tema que fue visibilizado por una serie de publicaciones del equipo de investigación del Grupo Nación.

Políticos influyentes habrían operado para que la empresa privada logre un contrato directo otorgado por Conajzar que les podría generar men­sualmente más del millón de dólares. Desde la Comisión de Hacienda del Senado advir­tieron que la firma podría servir como fachada para lavar dinero, a raíz de la lla­mativa decisión de la Conaj­zar de delegar sus funciones y tercerizar a través de esta empresa el cobro de canon a estas máquinas callejeras.

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