Periodista del Grupo Nación presentó este viernes una denuncia por desacato contra la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), debido a que hasta ahora no proveyó todas las informaciones sobre sus gastos en inversiones sociales. Duarte Frutos se resiste a entregar las rendiciones de cuentas.

Este viernes el perio­dista de investigación Jhojhanni Vega Fio­rini presentó ante el Poder Judicial una denuncia por desacato contra Yacyretá, debido a que el ente no entregó todos los datos que le fueron demandados mediante un pedido de acceso a la infor­mación pública. La solicitud del comunicador fue favore­cida con un amparo firmado por la jueza Alice González. Las rendiciones de cuentas siguen bajo siete llaves.

El abogado del Grupo Nación, Raúl Prono, indicó que el juez que tenga el expediente tiene que verificar todos los documentos acercados por el demandante y si considera que hay un desacato, deberá elevar un informe y remitir el expediente al fiscal de turno. “Se envía el expediente al fiscal penal de turno para que inicie la investigación de la comisión del delito de desacato”, comentó.

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El representante legal también dijo que la demanda presentada es contra todos los funcionarios de Yacyretá que estén involu­crados en el incumplimiento de esta orden, principalmente Nicanor Duarte Frutos y Hugo Joel Meza, “probable­mente le involucre al resto de los miembros de la Dirección de Prensa y Comunicación que tiene la entidad”, agregó.

El pasado 23 de marzo, a través de su correo el funcionario de Yacyretá, encargado de la ofi­cina de transparencia, Hugo Joel Meza, envió una serie de archivos en formato PDF en el marco de lo dispuesto por la señora Jueza, entre los docu­mentos adjuntos estaba una serie de capturas de pantalla de lo que se encontraba en la web. No obstante, no estaba la misma información que en la página de la EBY, ya que en varios casos los montos dife­rían de lo enviado y de lo publi­cado en el portal.

Un listado que figura en el portal de la EBY, pero que no fue compartido mediante el correo, es el que guarda rela­ción con los gastos en publi­cidad y propaganda, que se encuentra alojado en la cate­goría “Inversión para la pro­moción del desarrollo comu­nitario y la comunicación ciudadana” dentro de la página web de la binacional. Este lis­tado fue requerido de forma explícita por el comunicador en su pedido y por la jueza que salió a favor del amparo pre­sentado por el Grupo Nación. La resolución de la jueza ordenó que se remitan las informaciones tal cual fue­ron solicitadas.

En el correo el funcionario de la EBY manifiesta que “toda la información solicitada por usted, y aún más, se encuentra alojada, desde mucho tiempo atrás, en la página web de la institución”. Igualmente, refiere que en la misma página web “se hallan las herramien­tas tecnológicas para trans­ferirlas, al llamado formato papel o digital, conforme la conveniencia de cada usuario”.

A pesar de estas afirmacio­nes, cabe resaltar que en la respuesta no se halla toda la información solicitada por Jhojhanni Vega, ya que en cuanto a los datos sobre las transferencias económicas a organizaciones sociales, gubernamentales y no guber­namentales durante los años 2019 y 2020 no se encuentra en la totalidad los nombres de los responsables que recepciona­ron el pago, siendo en muchos casos omitida esta informa­ción y puesta en su lugar solamente el nombre de la institu­ción beneficiada.

Por otro lado, en el pedido de información también se solicitó que en el listado de las transferencias económi­cas realizadas a organizacio­nes sociales, gubernamenta­les y no gubernamentales se incluya la rendición de cuen­tas, dato también omitido den­tro de los archivos remitidos al correo del periodista.

Finalmente, también es importante resaltar que la EBY aún no ha remitido la tota­lidad de los datos sobre trans­ferencias económicas reali­zadas. Haciendo un cruce de datos entre lo publicado en el portal web y lo remitido al correo se observa que existen varios gastos hechos por la entidad que no se hallan den­tro de los diferentes listados enviados al mail. En principio habría al menos una diferen­cia de US$ 35 millones entre lo publicado y lo enviado para cumplir a medias el man­dato judicial. Además de los documentos respaldatorios requeridos vía rendición de cuentas de los gastos.­

CGR reconfirma que rendición de cuentas incluye facturas y contratos

Nicanor Duarte Frutos, titular de la EBY y Mario Florenciáñez, director de Rendiciones de la Contraloría.

Desde la Contraloría General de la República (CGR) recalcaron que una rendición de cuentas debe incluir los contratos, facturas, boletas y recibos. Sin embargo, el equipo de Nicanor Duarte Frutos todavía no ha facilitado todo esto tras haber perdido ante la Justicia el caso de Acceso a la Información Pública demandado por el Grupo Nación.

Mediante una nota, Mario Florenciáñez, director de rendiciones de la CGR, explicó en qué consiste una rendición de cuentas y ejemplificó de manera didáctica todos los documentos que la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) aún no entregó al periodista Jhojhanni Vega, luego de perder el amparo judicial por negarse a entregar información pública.

Parte de la nota remitida por el director de la CGR, Mario Florenciáñez.

“Se define la rendición de cuenta como el deber legal y ético que tiene todo funcionario o persona de responder e informar por la administración, manejo y rendimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados y los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido”, sostiene la Contraloría.

Según la CGR, la obligación de rendir cuentas la adquiere una persona natural o jurídica por una función que le ha sido conferida. “Conlleva una capacidad para asumir funciones y responder por ellas (responsabilidad); es decir, presentar los resultados de la gestión a su cargo. La citada disposición no es más que la materialización de la normativa constitucional”, reza el escrito.

Asimismo, Florenciáñez señaló que los documentos que se deben presentar son: planilla de rendición de cuentas, factura, boleta de venta, autofactura, ticket, recibos de dinero, contratos y/o convenios y notas de presupuestos para compra de bienes o prestaciones de servicios. Documentos que hasta el momento la EBY no proveyó pese a existir un mandato judicial de por medio.

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