Desde la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) se apeló la resolución de la jueza Alice González De Lorenzi, quien salió a favor del Grupo Nación en el amparo promovido por el periodista de investigación Jhojhanni Vega, quien demandó a la binacional por no proveer información pública de gastos en publicidad y ayuda social. La EBY sigue sosteniendo el discurso de que todo está en la web.

Para evadir el cumplimiento de la disposición de la jueza que determinó que la EBY en 10 días hábiles debe entregar la información, desde la binacional, como principal argumento, se sostiene que el amparo no es la vía para el reclamo del comunicador.

“Hicimos notar desde el principio que el amparo no era la vía idónea para el reclamo judicial”, reza el escrito de apelación del abogado de Yacyretá, Marcelo Codas.

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Según el equipo jurídico de Nicanor Duarte Frutos, director paraguayo de la EBY, lo que correspondía era promover un juicio de acción de acceso a la información pública. Asimismo, volvieron a sostener que toda la información solicitada por el comunicador se encuentra alojada en el portal web de la binacional, y que la propia magistrada se contradijo en su sentencia.

Los abogados de Nicanor incluso trataron a la magistrada de “investigadora parcialista”, por no haber aceptado el discurso de que todo estaba en la web, que al día de hoy sostienen desde la hidroeléctrica. También en la apelación refieren que ya se entregó toda la información demandada por el periodista y que a criterio de la parte demandada no se ha hecho “ningún acto u omisión ilegítima e ilegal por parte de la EBY”.

La Entidad Binacional Yacyretá apeló la resolución de la jueza Alice González De Lorenzi. Foto: Gentileza

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En este sentido, cabe recordar que si bien en un primer momento el equipo de Nicanor había denegado la información argumentando que necesitaban el permiso del lado argentino, unos meses después y tras la presentación de la demanda, se pusieron las pilas y subieron parte de los datos sin necesidad de la aprobación del vecino país, pero todavía no cumplieron con la norma, ya que se solicitó la rendición de cuentas de los mencionados gastos.

Estas rendiciones incluyen los contratos, la lista de proveedores y el nombre del responsable de la entidad que recibió el dinero. Asimismo, se solicitó que toda esta información sea remitida por medio del correo electrónico, cosa que tras cinco meses no se ha hecho.

Además, desde el inicio de las acciones judiciales desde la EBY se dijo que toda la información solicitada por el periodista Jhojhanni Vega se encontraba en la web de la entidad; sin embargo, no fue hasta la presentación de la demanda que se levantaron al portal los primeros datos sobre los gastos en publicidad.

Mientras tanto, los listados referentes a gastos sociales no contienen todos los datos solicitados, ya que en lo referente a los proyectos de salud, por ejemplo, no se sabe cómo se ejecutaron las obras, quiénes son los responsables de este dinero ni tampoco si realmente se rindieron estos gastos ante la propia EBY. Asimismo, respecto a los bonos sociales solo hay datos generales sobre el verdadero uso de estos montos, cuyos destinos son aún desconocidos.

En su escrito, la EBY volvió a sostener que fue creada mediante un tratado con la parte argentina, por lo que supuestamente necesita la aprobación de ésta para facilitar información pública como la que se pidió a través del amparo.

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