Desde el mes de diciembre del año 2011 Petropar mantiene una puja judicial con la empresa argentina Texos Oil, que planteó una demanda por daños y perjuicios por responsabilidad contractual reclamando su derecho a cobrar, sin fundamento, poco más de US$ 30 millones, monto que desangraría las arcas de la petrolera estatal.

Entre los reclamos que plantea la firma argentina aparece el incumplimiento de un contrato que en realidad nunca se firmó, gastos de licitación, obligaciones con otras empresas proveedoras, reclamos laborales de trabajadores dependientes, lucro cesante y pérdida de chance. La demanda fue radicada ante un juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de la capital.

El equipo de La Caja Negra obtuvo de forma exclusiva el documento donde se plasma un sospechoso acuerdo conciliatorio de carácter extrajudicial para la entrega de US$ 7 millones a favor de la empresa argentina. El documento lleva la firma del procurador general Sergio Coscia; el titular de Petropar, Denis Lichi, y Sergio Guillermo Marssiletti en representación de la firma Texos Oil SRL. El acuerdo en cuestión estipula poner fin al conflicto judicial y concretar “concesiones reciprocas”.

En el acuerdo extrajudicial las partes señalan que Petropar abonará la suma de US$ 6.898.750 libres de impuestos, tasas y tributos a favor de Texos Oil SRL, para compensar los supuestos daños y perjuicios que sufrió la firma extranjera en el 2010 y que ascienden a US$ 31.357.956.

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Indemnización por obligaciones con terceros

La empresa argentina Texos pide que se le indemnice por obligaciones con terceros, US$ 3.8020.235 con la firma Chenyi SA; US$ 560.000 con Energen SA; US$ 6.550.000 con Oliver Petroleum; más pérdida de chance y lucro cesante por US$ 13.600.000 y daño empresarial por US$ 6.800.000, montos que a las claras fueron abultadas para llegar a los más de US$ 31 millones.

En la tercera cláusula del acuerdo se estipula que Texos reconoce el pacto de cuota litis con el abogado Abel Germana Ávalos del 42% de la suma del total acordada. El monto será transferido por Petropar a la cuenta corriente del mencionado profesional.

El sospechoso arreglo establece además que el compromiso de pago se realizará preferentemente dentro del presente ejercicio fiscal y según disponibilidad presupuestaria. En caso de incumplimiento de lo acordado proseguirán los reclamos judiciales.

Argumentos en contra

Este acuerdo extrajudicial no está avalado por ningún dictamen jurídico que sustente la operación ni sentencia judicial que obligue a la petrolera estatal a abonar dicha suma; al contrario, el dictamen del abogado Sebastian Irún, asesor externo de Petropar durante la gestión de Fleming Duarte establece claramente los argumentos que derrumban las pretensiones de la firma argentina. Estos son:

- La naturaleza jurídica de la adjudicación es un “acto administrativo unilateral”, por tanto revocable.

- El Art. 31 de la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, establece expresamente que en caso de cancelación de la licitación antes de la firma del contrato, “los oferentes no tendrán derecho a reembolso de gastos ni a indemnización alguna”.

- El monto reclamado no responde a razonabilidad mínima, está claramente abultado y no encuentra justificación.

Otro de los argumentos clave que descalifican la pretensión de Texos es el hecho que de la resolución que canceló la adjudicación no fue impugnada dentro de los plazos que establece la ley, por lo tanto se considera que es una resolución firme.

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¿Por qué el secretismo?

Si bien el caso podría tomar años para su sentencia, todo lleva inexorablemente a un fallo a favor de Petropar; sin embargo, en secreto y renunciando a la batalla judicial para defender los intereses del estado paraguayo, el procurador general, Sergio Coscia, y el titular de Petropar, Denis Lichi, acuerdan la entrega de fondos públicos sin justificación alguna.

Si el acuerdo fuera ventajoso para el país ¿por qué el secretismo? Este acuerdo de carácter entreguista ¿tuvo el aval del presidente de la República Mario Abdo Benítez?


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