El informe de 41 páginas señala que se lesionó el sistema de Salud proyectado para afrontar la pandemia.

El demoledor informe conclusivo de la Con­traloría General de la República (CGR) confirma las denuncias periodísti­cas de que la adjudicación de compra de insumos para el combate al covid-19 en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social fue prác­ticamente dirigida y ade­cuada a las conveniencias de las firmas proveedoras, en este caso pertenecientes al clan Ferreira.

Bastardearon la emergencia sanitaria según la serie de irregularidades detectadas por el órgano contralor. La secuencia de anomalías se había iniciado el 3 de abril pasado con la adjudicación en el tiempo récord de 72 horas de G. 85.220 millo­nes a las firmas Eurotec SA e Insumos Médicos SA, repre­sentadas por los hermanos Patricia Ferreira y Mar­celo Ferreira. La Contra­loría realizó 13 observacio­nes que salpican con serios indicios de corrupción a la administración del minis­tro Julio Mazzoleni.

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“En el procedimiento adop­tado por el MSPyBS en el marco de la situación de emergencia por la pande­mia covid-19, fundado en la urgencia impostergable para la provisión de insu­mos y materiales médicos hospitalarios, objetos de la contratación por Excepción ID 382317, se concluye que la adquisición se encuen­tra viciada de irregulari­dades en todas sus etapas, teniendo en cuenta el pro­ceder, según los datos publi­cados y registrados en el Sis­tema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) y los consignados sobre aspectos puntuales establecidos en el pliego de bases y condiciones y en la forma de adjudicación y en el proceso de evaluación”, refiere el inicio del informe de la Contraloría.

CUESTIONAMIENTOS

Se cuestiona que invocaron una urgencia para contratar por vía de la excepción, pero los insumos no fueron entre­gados de forma inmediata. Además de incluir en etapa de contratación un millo­nario anticipo de G. 17 mil millones que no estaba esti­pulado al inicio de la licita­ción y que incluso en el portal de Contrataciones Públicas se publicó que “no aplica”.

“Al establecer que se otor­gará anticipo en el pliego de bases y condiciones des­virtúa la causal de urgencia impostergable, debido a que el anticipo es otorgado para cubrir los costos iniciales del proveedor, esto sugiere que no se tendrá la provisión inmediata de los productos a ser adquiridos”, remarca el informe. Según el análisis, desde el ministerio alega­ron que debido a “un desliz” no se cargaron los datos en el portal de Contrataciones, argumento que no conven­ció a los auditores y se rati­ficaron en la observación.

Los integrantes del comité de evaluación obviaron exi­gencias fundamentales en la compra de los insumos y, de esta forma, los adjudica­dos pudieron mantener sus ofertas. Tampoco se ocupa­ron en redactar un acta con relación a la falta de mues­tras ni detalles analizados de las especificaciones téc­nicas. Las muestras debían ser presentadas el día de la apertura de ofertas y el incumplimiento era una causal de descalificación.

Hasta parece una burla, pero, días atrás, en la Dirección de Insumos Estratégicos esta­ban recién en proceso de verificación de muestras de la segunda entrega de los pro­veedores. “No fueron anali­zados requisitos exigidos en el pliego de bases y condicio­nes que se refieren a las espe­cificaciones técnicas y que, conforme fue establecido en forma expresa y determi­nante, constituía causal de descalificación de la oferta”, subraya el informe.

Estos son los integrantes del comité de evaluación que pasaron por alto requisitos fundamentales de Contrataciones Públicas para compras por urgencia.

LESIONARON EL SISTEMA DE SALUD

Contundente, la Contraloría concluye que hubo lesión, ya que los proveedores ofertaron insumos asumiendo que estaban en condiciones de proveer. Sin embargo, a un mes y medio de adjudicarse el contrato continúan sin suministrar lo comprometido, además de intentar meter elementos de protec­ción de baja calidad que no cumplen con las especificaciones técnicas establecidas.

“Eurotec SA e Insumos Médicos SA presentaron sus ofertas garantizando que están en condiciones de proveer los insumos médicos y las camas hospitalarias en la cantidad, calidad y especificaciones requeridas en el pliego y en dicho marco, sin embargo, en la etapa de ejecución de contrato la provi­sión de los mencionados fue rechazada por por el Ministerio de Salud por incumplimiento de las exi­gencias técnicas requeridas, lesionando de esta forma el sistema de salud implementado para el sos­tenimiento de las medidas adoptadas por la cartera sanitaria en el marco de la pandemia declarada”, objeta la Contraloría.

Flexibilizaron los plazos y desvirtuaron la urgencia

Nery Rodríguez, Insumos Estratégicos.

Los auditores también realizaron un duro cuestionamiento a la flexibilización de los plazos en la entrega de los insumos, hecho que desvirtúa la emergencia que alegaron para la veloz adjudicación a los Ferreira.

Los auditores también rea­lizaron un duro cuestiona­miento a la flexibilización de los plazos en la entrega de los insumos, hecho que desvir­túa la emergencia que alega­ron para la veloz adjudicación a los Ferreira. Por la urgen­cia, lo lógico hubiera sido que los plazos de entrega de los bienes empiecen a correr desde la firma del contrato y no recién desde la emisión de las órdenes de compra las cua­les, según se estipula, “serán emitidas por la Dirección de Insumos Estratégicos de Salud, según stock y necesi­dad de los servicios”, se objeta en el referido informe.

“Esta falta de determinación con exactitud de los plazos de entrega, dejando a la discre­cionalidad posterior de la con­vocante el inicio del cómputo de los mismos atenta contra el principio de transparencia y publicidad previsto en el artículo 4º de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, puesto que los potenciales oferentes no cuentan con la certeza de cuándo efectiva­mente empezarían a correr los plazos que, como se ha dicho, deberían ser inmedia­tos a la firma del contrato dada la urgencia alegada”, describe el análisis.

Se objeta también que se haya tardado 10 días en notificar la orden de compra a los pro­veedores. Se desvirtúa la cau­sal de urgencia, alegada para el proceso de contratación, por las observaciones seña­ladas, resume el informe que además agrega un párrafo de la Ley de la Función Pública para recordar que la urgen­cia causada por negligencia o imprevisión del funcionario constituye una falta grave, que es una causal de destitu­ción e inhabilitación para ocu­par cargos públicos por dos a cinco años.

El análisis remata con las res­ponsabilidades directas de los funcionarios de la Direc­ción Administrativa, Unidad Operativa de Contrataciones y el Comité de Evaluación de Ofertas que intervinieron en las diferentes etapas del pro­ceso licitatorio.

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