Las actas de conformación de las sociedades anónimas de las empresas invitadas por el Ministerio de Salud a participar de una contratación por la vía de la excepción confirman que están todas vinculadas al empresario Justo Ferreira, quien montó un holding de empresas con el único fin de proveerle al Estado. Ferreira está vinculado a un grupo de empresarios imputados por estafa y asociación criminal. El reciente contrato para el clan Ferreira fue de G. 85 mil millones (US$ 13,5 millones) a través de una compra directa, que según dos cámaras de proveedores se “cocinó” a puertas cerradas.

  • POR JORGE TORRES ROMERO

Por notas del 31 de marzo de este año, el Departamento de Procesos Complementarios y Excepciones del Ministe­rio de Salud invitó a las fir­mas Metaway SA, La Casa del Médico SA, Insumos Médicos SA (Imedic SA) y Medical Pharma SA, para la presentación de ofertas en el marco de la contratación por la vía de la excepción N° 36/2020 para la Adqui­sición Urgente de Insumos y Camas para la COVID-19.

Llamativamente, se trata­ría de empresas proveedo­ras que forman parte de un mismo holding pertene­ciente al mismo clan fami­liar dirigido por Justo Rubén Ferreira, quien opera con sus hijos Patricia Beatriz y Mar­celo Ferreira Pascottini. En el caso de Metaway SA, figura en el registro de proveedores del Estado a nombre de Justo Rubén Ferreira Servín; mien­tras que la firma Imedic, por su parte, tiene como miem­bros de su directorio a Patri­cia Beatriz Ferreira Pascottini como presidenta; Nidia Godoy Ojeda, como directora titu­lar; Nelly Lorena Sosa López, como directora suplente; Claudia Patricia Segovia Gayoso, como síndico titu­lar, y Noemí Carolina Pala­cios como síndico suplente.

A su vez, la empresa Euro­tec SA, otra de las adjudica­das, tiene como presidente a Marcelo Ferreira Pascot­tini; como director titular a Sixto Arnaldo Valdez Gimé­nez; como director suplente, Santiago Meza Céspedes; como síndico titular, Gladys Mabel Scarpellini, y como suplente a Enrique Sergio López Antonelli.

Documento del Comité de Evaluación en el que consta que invitaron a cuatro empresas al proceso de compra directa, tres de ellas pertenecen al mismo grupo (clan Ferreira).

La firma Eurotec estaría vin­culada a empresa Woking SA que preside Carlos Alberto Borrell, junto con Vanessa Grisel Borrell Candia. Esta misma proveedora aparece como accionista mayoritaria de Medical Pharma, según se observa en los registros públicos de la sociedad anó­nima. Todas estas empresas que están conectadas entre sí son las que se reparten los contratos de adquisición de insumos y equipos médicos en el marco de la pandemia. La situación incluso ya fue denunciada por las cámaras empresariales que aglutina a los importadores y repre­sentantes de estos productos.

Tanto Imedic como Euro­tec fueron beneficiadas con el contrato del llamado por la vía de la excepción N° 36/2020 para la provi­sión de Insumos y Camas para la COVID-19 por un monto total aproximado de G. 85.220 millones (unos US$ 13,5 millones, al cam­bio actual). Insumos Médi­cos SA (Imedic) fue adjudi­cada por un monto total de G. 47.952.500.000 y Eurotec SA, favorecida con un contrato de G. 37.268.000.000.

En las conformaciones de las sociedades anónimas de varias de las empresas proveedoras de Salud se confirma la vinculación entre ellas al clan Ferreira.

IRREGULARIDADES EMPAÑAN COMPRA

Lo llamativo de la adjudica­ción realizada para el clan Ferreira es que, para efectuar dicha adquisición, la cartera de Salud no efectuó ningún llamado ni convocó a todas las empresas que podían ofer­tar los productos requeridos, sino que benefició directa­mente a dos empresas que, según los datos, estarían vin­culadas entre sí.

Si bien la Ley 6.524 promulgada el 1 de abril pasado le otorgaba esta prerrogativa, lo correcto hubiera sido que el Gobierno, a través del MSPyBS, en todo momento lleve adelante proce­sos de compra justos, con con­diciones claras e igualitarias a fin de dar oportunidad a todas aquellas empresas que estén en posibilidad de competir de forma ética y transparente. Las irregularidades denun­ciadas podrían incluso traer aparejadas la nulidad del pro­ceso, teniendo en cuenta que, en ninguno de los documen­tos que obran en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), se hace refe­rencia a que se haya invitado a las empresas que usualmente suelen proveer al Estado en el rubro de la salud. Si bien es un llamado por vía de la excepción, fundado en urgencia impos­tergable, igualmente hay que recordar que el artículo 4 de la Ley 2051/03, obliga a las con­vocantes a proveer “…toda la información relacionada con la actividad de contratación pública, específicamente sobre los programas anuales de con­tratación, sobre los trámites y requisitos que deban satisfa­cerse las convocatorias (…)”. En casos como este –de urgencia impostergable– en que los lla­mados no son publicados en el SICP, es en que el principio de la publicidad y transparencia, debería ser aún más celosa­mente precautelado.

RECLAMO DE PROVEEDORES

La Cámara de Representan­tes e Importadores de Pro­ductos Farmacéuticos, Toca­dor, Domisanitarios y Afines (Cripfa) y la Cámara Para­guaya de Productos y Equi­pos Médicos, Odontológicos y de Laboratorio (Cappen) cuestionaron duramente las compras públicas realizadas por la vía de la excepción.

Por medio de una carta remi­tida al ministro Julio Maz­zoleni, en fecha 15 de abril pasado, los citados gremios manifestaron su repudio por la forma de realizar las adqui­siciones en un momento grave para nuestra nación, con la única intención de beneficiar a unos cuantos oferentes en detrimento de la salud y de la población del país. Asimismo, pidieron a las autoridades no poner en duda la reputación institucional a través de actos que, sin alejarse de las forma­lidades de la ley, revisten un carácter dudoso en la aplica­ción de normas y principios que rigen las Contrataciones Públicas en el Paraguay.

Ambas cámaras reafirman el compromiso de sostener, observar y promover de manera permanente una elevada con­ducta de integridad ética y de competencia comercial de todas las partes interesadas.

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