En esta semana tres personas fueron beneficiadas con la nulidad de sus procesos por tráfico de drogas, cuando los Tribunales de Sentencia encontraron graves errores procesales de parte de las fiscalas. Estos procesados estuvieron presos por años y ahora por negligencia quedan libres. La pregunta que surge es, quién castiga a los agentes del Ministerio Público por esos garrafales fallos, pero a renglón seguido viene la respuesta, nadie.

El primer caso fue el que involucró a Cristhian Meza y Ninfa Bogado, quienes fueron detenidos el 15 de febrero del 2018 cuando agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) realizaron un procedimiento detrás del Mercado de Abasto donde en una casa estaban varias personas consumiendo drogas. Se detuvo Meza y Bogado, sindicados como los vendedores de crack.

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La fiscala Lorena Ledesma, los imputó por tenencia de drogas, pero al acusarlos lo hizo por tráfico de estupefacientes, dos hechos totalmente diferentes, además cuando fueron sometidos a la audiencia indagatoria, se les informó el hecho por el que estaban investigados, pero luego fueron acusados por otro delito.

Con este escenario se llegó al juicio oral donde el Tribunal de Sentencia integrado por Sandra Farías, Carlos Hermosilla y Wilfrido Peralta, recibió el pedido del defensor Público, Carlos Arce, quien planteó la nulidad de las actuaciones contra sus clientes Meza y Bogado, primero porque al admitir la imputación, el juez lo hizo solo en relación a la mujer, no así para el varón, por lo que en cuanto al joven nunca se inició el proceso penal. Meza estuvo tres años preso sin proceso en su contra.

También se planteó la nulidad de la indagatoria ya que les dijeron que estaban siendo investigados por tenencia de estupefacientes, pero se acusó por tráfico.

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El Tribunal por unanimidad señaló que: “En atención a las constancias de autos y a las disposiciones legales citadas y transcriptas precedentemente tenemos que resulta totalmente inviable pretender convalidar el acto irregular, pues al afectar este una garantía de rango constitucional la continuidad del proceso se torna imposible, teniendo en cuenta que tenemos prohibición de rango constitucional de retrotraer el procedimiento a etapas anteriores, salvo que sea más favorable al encausado…”.

“Declarar la nulidad de las actas indagatorias de los procesados Ninfa Bogado y Cristhian Meza, la resolución que corresponde dictar es la de del auto interlocutor por cuanto una sentencia definitiva surge de la realización completa de la audiencia de juicio oral y público en donde recae una absolución o condena solo puede ser producto de la culminación de un juicio oral…Este colegiado resuelve el incidente corresponde declarar la nulidad de todos los actos procesales y actuaciones que son consecuencia de las indagatorias de los procesados, declarando nulo este acto…”, dice la última parte de la resolución del Tribunal de Sentencia.

En consecuencia, Ninfa Raquel Bogado y Cristhian Fidel Meza, quienes estuvieron presos desde el 15 de febrero del 2018, ahora están libres de culpa y pena, pese a que fueron encontrados “in fraganti”, vendiendo drogas, la justicia no los podrá juzgar debido a la mala acción de la fiscala Lorena Ledesma, quien en un acto reprochable violó los derechos de los procesados.

El otro caso

Otro caso donde una negligencia fiscal favoreció a un procesado, se dio en el expediente abierto a Alberto Catalino Lugo Villalba, quien estaba preso por tráfico de drogas y su expediente fue elevado a juicio oral y público, donde una vez más el defensor Público Carlos Arce pidió la nulidad al Tribunal de Sentencia integrado por Olga Ruiz, Inés Galarza y Víctor Medina.

El planteamiento a favor de Lugo Villalba, se basó en que la fiscala Elba Cáceres cometió dos insalvables errores. El primero de ellos fue que al presentar su acusación el 28 de febrero de 2019, lo hizo contra María Elvira Martínez, quien no tiene nada que ver con la causa donde estaba Alberto Catalino Lugo. La mujer tenía otro proceso en la fiscalía de Cáceres, pero no tenía relación alguna con este caso.

Cuando la fiscala se percató que presentó una acusación equivocada rectificó la misma el 1 de marzo de 2019, pero ya fuera de plazo, sin embargo, el juez en la audiencia preliminar lejos de rectificar el error del Ministerio Público, elevó el caso a juicio oral.

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Recién los magistrados del Tribunal de Sentencia analizaron el incidente y efectivamente se confirmó que la fiscala Elba Cáceres cometió un error la acusar a otra persona totalmente diferente al proceso y cuando trató de enmendar el fallo, ya presentó su escrito fuera de plazo, por lo que los jueces decidieron anular el proceso y Alberto Catalino Lugo Villalba, fue sobreseído de manera definitiva.

Ahora bien, en ambos casos se nota un desprolijo manejo de las causas de parte de las fiscales Lorena Ledesma y Elba Cáceres, que causó un daño irreparable a la vida de tres personas que estuvieron presas por años siendo inocentes, ya que eso fue lo que determinaron los miembros de los Tribunales de Sentencia.

Estos dos casos son solo un ejemplo de muchos procesos que se pierden por mal manejo fiscal de los expedientes. Hace unos meses el ex senador Paraguayo Cubas, también fue absuelto de hecho de perturbación de la paz pública por errores fiscales. Todo esto llama a una reflexión: ¿están todos los fiscales preparados para ocupar un cargo tan importante dentro de la administración de justicia?

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