Ayer fue promulgada la Ley 6.534/20 “De protección de datos personales crediticios”, más conocida como Ley de Informconf. Esta normativa establece sanciones para aquellas empresas que revisen el historial crediticio de una persona en el tiempo de búsqueda de empleo.

El documento que reglamenta la normativa fue publicado en la Gaceta Oficial de la Presidencia. Dicha normativa había sido sancionada el pasado mes de setiembre tras el rechazo de las cámaras de Senadores y Diputados al veto del Poder Ejecutivo.

El registro de Informconf es uno de los mayores obstáculos para los buscadores de empleo, pues muchas empresas miran el historial y la falta de pago deriva en una negativa para otorgar el empleo.

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Enrique López Arce, director de la Oficina de Empleo de la ANR, celebró esta noticia y sostuvo que con esta nueva ley, esa discriminación laboral podrá ser controlada y sancionada por las respectivas entidades reguladoras.

El Banco Central del Paraguay (BCP) y la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) son los organismos encargados de la aplicación de esta normativa que entra oficialmente en vigencia a partir de ahora. Antes, Equifax (la empresa que administra Informconf) no tenía ningún ente supervisor.

La ley contempla multas de hasta 15.000 jornales mínimos y, en caso de reincidencia, el monto será el doble del inicial. También prevé que los datos de la deuda de una persona podrán permanecer registrados durante 5 años. Luego de este plazo, se guarda como estadística, pero sin identificar a quién corresponde.

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A partir de la promulgación de la ley de protección de datos crediticios, el ciudadano podrá acceder sin costo a su historial completo de Informconf. Para el efecto, tendrá habilitada la línea telefónica (021) 439-9000, en la que, luego de confirmar sus datos, podrá pedir el envío del documento vía email.

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