Paulo César López, paulo.lopez@nacionmedia.com - Fotos: Secretaría Nacional de Cultura (SNC)

En 2011 el Paraguay se vistió de gala para albergar los festejos centrales del Bicentenario de la Independencia, que tuvieron su epicentro el 14 y 15 de mayo en Asunción. Sin embargo, al mismo tiempo emergieron otras voces que cuestionaban la efeméride celebrada y apuntaban a otra fecha, específicamente el 12 de octubre de 1813, como el verdadero momento en que el Paraguay se constituyó en una nación independiente.

En aquel fervoroso año de 2011 una de las visitas más aclamadas que tuvo nuestro país fue la del historiador norteamericano Richard Alan White (1944-2016), autor de “La primera revolución popular en América, Paraguay 1810-1840″, publicado originalmente en 1978 bajo el menos apologético título de “Paraguay’s autonomous revolution, 1810-1840″.

White sostuvo entonces en declaraciones a la prensa que en el Paraguay se ha falsificado la historia con la instalación del 14 y 15 de mayo de 1811 como fecha de la Independencia. Según mencionó, consta en documentos de la época de Carlos Antonio López que la Independencia era celebrada por aquel tiempo el 12 de octubre, lo que según el autor sería cambiado por los legionarios que gobernaron el Paraguay tras la guerra contra la Triple Alianza y que se caracterizaron por su posición antifrancista y antilopista.

El autor norteamericano califica en su obra a la asamblea que inició sus deliberaciones el 30 de setiembre de 1813 como “el primer congreso popular de América Latina”. Este contó con la participación de más de 1.100 delegados “que fueron elegidos por elecciones populares y libres, por todos, o la mayoría de sus respectivos habitantes”, según las instrucciones de la Junta al Cabildo de Pilar del 26 de agosto de 1813.

“En una sesión general en su día final, 12 de octubre, el congreso ratificó oficialmente ‘el plan de gobierno propuesto por el Dr. Francia’. (…) Como se publicó en el bando del 21 de octubre de 1813, la primera asamblea auténticamente popular en América Latina, facultada a establecer su propia forma de gobierno, anunció orgullosa la creación de la primera nación autónoma en América Latina: la República del Paraguay”, escribe White.

En la asamblea se nombró como cónsules a Gaspar Rodríguez de Francia y a Fulgencio Yegros, aunque el primero ejercería el liderazgo de hecho ocupando el cargo durante dos de los tres cuatrimestres anuales.

CONTEXTO

Antes de ahondar propiamente en el Reglamento de Gobierno, de cuya aprobación se cumplieron el pasado 12 de octubre 210 años, es preciso hacer una revisión somera de los hechos que le precedieron.

El imperio español se hallaba en aquellos primeros años del siglo XIX en una profunda crisis. El 6 de mayo de 1808, el rey Fernando VII y su padre Carlos IV abdicaron al trono español a favor de Napoleón, quien había invadido la península ibérica el año anterior e impuso en el cargo a su hermano José Bonaparte.

Ante estos hechos, el Paraguay, al igual que las demás provincias del Río de la Plata, manifestó su lealtad al rey depuesto. En cambio, se reivindicó que en tanto el monarca permaneciera imposibilitado de ejercer su soberanía, los pueblos hispanoamericanos tenían el derecho de autogobernarse y no depender del Consejo de Regencia que se había conformado para gobernar en ausencia del rey.

En mayo de 1810, los vecinos de Buenos Aires desplazaron al virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros y pretendieron investirse del derecho a gobernar los territorios que estuvieron bajo el dominio del Virreinato del Río de la Plata. Con vistas a ello convocaron a un congreso a fin de decidir la forma de gobierno de las provincias que lo constituían.

En tanto, en julio de 1810, luego de las deliberaciones de un cabildo abierto, la entonces Provincia del Paraguay desconoció la autoridad de la junta bonaerense. En represalia, esta dispuso el bloqueo del Paraguay y envió una expedición al mando de Manuel Belgrano, que fue derrotada en las batallas de Tacuary y Paraguarí. Sin embargo, al principio corrió la voz sobre la derrota de los paraguayos, lo que sumado a la rauda huida del campo de batalla del entonces gobernador intendente Bernardo de Velasco Huidobro despertó la alarma en la élite española residente en Asunción, que se embarcó a la ciudad de Montevideo, que permanecía como un bastión realista.

La decadencia del poder español, la conducta pusilánime de sus funcionarios y la victoria militar sobre las tropas porteñistas fueron fundamentales para el afianzamiento de una conciencia de autodeterminación en la élite criolla.

A más de ello, a pesar de haber sido derrotado militarmente, el mensaje de Belgrano sobre la conveniencia de una unión con Buenos Aires tuvo receptividad en cierto sector de la oficialidad paraguaya. A raíz de ello, el gobernador Velasco avanzó en tratativas con Portugal con el objetivo de trabar una alianza para combatir las aspiraciones porteñistas. Los criollos temieron, con justificados motivos, que el pacto terminaría en la práctica en una subordinación al vecino imperial.

El documento nombra a Gaspar Rodríguez de Francia y a Fulgencio Yegros como “cónsules de la República del Paraguay”

LOS HECHOS SE PRECIPITAN

La chispa que terminó de hacer estallar el movimiento de mayo fue el acercamiento entre Velasco y Portugal para precautelar los intereses españolistas ante el acecho de Buenos Aires. Esta aproximación con Portugal vendría a precipitar un movimiento que ya venía gestándose, pero que debió adelantarse ante el inminente acuerdo entre el gobernador intendente y la potencia lusa como evidenciaba la misión que cumplía por esos días en nuestra capital el teniente José de Abreu.

En la intimación que Pedro Juan Caballero envió a Velasco el 15 de mayo se expresa que “en atención a que la provincia está cerca de que habiéndola defendido a costa de su sangre, de su vida y de sus haberes del enemigo que le atacó, ahora se va a entregar a una potencia extranjera, que no la defendió con el más pequeño auxilio, que es la potencia portuguesa, este cuartel, de acuerdo con oficiales patricios, y demás soldados, no puede menos que defenderla con los mayores esfuerzos”.

El 16 de mayo se conformó un triunvirato que estuvo integrado por el mismo Velasco (quien fue destituido el 9 de junio de 1811), además del español Juan Valeriano Zeballos y el doctor Francia. En un bando emitido al día siguiente se comunicó la instalación del gobierno provisorio hasta el establecimiento del “régimen y forma de gobierno que debe permanecer y observarse en lo sucesivo”.

Se rechazó además que los sublevados tengan el propósito de “entregar o dejar esta provincia al mando, autoridad o disposición de la de Buenos Aires, ni de otra alguna y mucho menos sujetarla a ninguna potencia extraña”.

Asimismo, el documento declara que el objetivo es “sostener y conservar los fueros, libertad y dignidad (de la provincia) reconociendo siempre al desgraciado soberano bajo cuyos auspicios vivimos, uniendo y confederándose con la misma ciudad de Buenos Aires para la defensa común y para procurar la felicidad de ambas provincias y las demás del continente bajo un sistema de mutua unión, amistad y conformidad, cuya base sea la igualdad de derechos”.

Así, al principio el movimiento se declaró leal al rey y no reivindicó propiamente la Independencia. No obstante, los historiadores Ricardo Scavone Yegros y Liliana Brezzo sostienen en su obra “Historia de las relaciones internacionales del Paraguay” que esta “fidelidad era invocada de manera puramente formularia” y que el “Paraguay fue independiente de hecho desde 1811 y de pleno derecho desde 1813, pero solo gestionó o buscó el reconocimiento internacional de su independencia a partir de 1842 (Declaración de la Independencia del 25 de noviembre), desplegando para obtenerlo una acción diplomática que alcanzó su objetivo en 1852 (reconocimiento por parte de la Confederación Argentina el 15 de julio tras la derrota de Juan Manuel de Rosas ante Justo José de Urquiza)”.

Para estos autores, el 12 de octubre de 1813 “surgió, de pleno derecho, el Estado paraguayo y se rompió todo lazo con España y con Buenos Aires”.

EL REGLAMENTO DE GOBIERNO

Es preciso subrayar que por entonces el gobierno de Buenos Aires pretendía anexar al Paraguay a su territorio y lo consideraba una provincia rebelde. En un ambiente poco propicio para cualquier entendimiento por las trabas comerciales y promesas de ayuda no prestadas de una y otra parte, en el segundo semestre de 1812 el gobierno de Buenos Aires convocó a la Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata instando a la entonces Provincia del Paraguay a enviar diputados. La Junta Superior Gubernativa decidió no designar representantes.

Ante ello, a principios de 1813, la ex cabeza virreinal envió una misión liderada por Nicolás de Herrera para convencer al Paraguay de que participe de la asamblea y acepte la anexión a Buenos Aires bajo promesas de trato igualitario.

A fin de deliberar sobre esta propuesta, se convocó a un congreso para el 30 de setiembre de aquel año, que como ya se mencionó tuvo una participación de más de 1.000 diputados y que se realizó en el templo de Nuestra Señora de la Merced, actual plaza de la Democracia. De esto resultó la elaboración de un Reglamento de Gobierno, que constaba de 17 artículos y que fue aprobado el 12 de octubre de 1813.

En su primer artículo se rechaza el envío de diputados a la asamblea convocada por Buenos Aires y se nombra como “cónsules de la República del Paraguay” a Gaspar Rodríguez de Francia y a Fulgencio Yegros.

De esta manera, el Paraguay se convirtió en la primera República de América del Sur. Este es el primer documento de carácter constitucional de nuestro país, aunque el jurista Luis Lezcano Claude advierte que no se trata propiamente de una constitución por carecer de parte dogmática y de una declaración de derechos de los ciudadanos.

Sobre aquel congreso, el historiador Herib Caballero Campos, en su obra “Proceso de la Independencia paraguaya (1780-1813)”, cita un informe del británico Juan Parish Robertson según el cual Francia “imbuyó a las clases más bajas (de las que siete octavos de los diputados al congreso estaba compuesto) con una sospecha profunda y fuerte, de que el único objetivo de Buenos Aires al enviar un embajador al Paraguay era el de sujetarlo a sus propias visiones ambiciosas, y de envolverlo en sus propios principios revolucionarios para la promoción de sus propias traicioneras finalidades”.

Luego cita el punto dos de la declaración, que “Deja investido el Gobierno de la Provincia en los Cónsules, que se denominarán de la República del Paraguay y usarán por divisa de la Dignidad Consular el sombrero orlado de una franja azul con la escarapela tricolor de la República. Tendrán jurisdicción en todo igual, la que ejercerán unidamente y de conformidad. En su consecuencia, todas las providencias de Gobierno se expedirán precisamente firmadas por los dos”.

Se establecía además que la principal obligación de los cónsules sería la “conservación, seguridad y defensa de la República con toda la vigilancia, esmero y actividad que exigen las presentes circunstancias”.

“De esta forma quedaba constituida la República del Paraguay, pues el nuevo gobierno ya no era en nombre de Fernando VII, ni mucho menos dejaba abierta la posibilidad de una confederación con otras provincias. Los congresistas paraguayos habían decidido su rumbo en virtud de las difíciles relaciones económicas que se tuvieron con Buenos Aires y las demás provincias del disuelto Virreinato del Río de la Plata”, asevera Caballero Campos.

Para este autor, uno de los aspectos más relevantes de este proceso independentista, al igual que en el resto del continente, fue la superación del antiguo régimen y del vínculo hasta entonces existente entre el poder de los habitantes, que pasan a ser ciudadanos con capacidades civiles plenas, aunque esta condición se limitaba al varón propietario, comerciante o labrador.


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