Hay varios aspectos desconocidos de la radio de las pasadas décadas que constituyen hitos; el ingenio para obtener recursos, las normas que tuvieron vigencia como regulaciones legales del espectro radiofónico y un sinnúmero de hechos anecdóticos. Algunos de ellos hoy en nuestro rescate histórico.

NORMAS DE REGULACIÓN

El 26 de abril de 1927, el gobierno presidido por Eligio Ayala promulga el Decreto N° 26.929. “Por el cual se regla­menta la instalación y funcio­namiento de las estaciones radioeléctricas”, que posible­mente fue la primera norma­tiva creada en nuestro país para la regulación y funcio­namiento de las estaciones de radio. En el Art. 2°, a) señala que “Solo podrán efectuarse transmisiones cuyo objeto será el de difundir noticias de interés general, confe­rencias, conciertos vocales e instrumentales, audiciones teatrales u otras manifesta­ciones culturales”.

Por su parte, en el Inc. d) se establece que: “Serán mane­jadas por profesionales con certificado de capacidad expedido por autoridad com­petente” y en el expresa que: “En el desarrollo de los pro­gramas no deberá predomi­nar la transmisión de propa­gandas políticas, religiosas, comerciales y noticiosas”. La normativa no especificaba qué instituciones otorgaban el certificado de capacidad ni la autoridad competente.

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Foto publicada por el diario El Orden el 30 de octubre de 1933. El presidente de la República, Dr. Eusebio Ayala, pronunciando un discurso en la inauguración de ZP 9 Radio Prieto, el 29 de octubre de 1933, en plena Guerra del Chaco, tiempo en el que la emisora tuvo un gran protagonismo en favor de los intereses nacionales amenazados. Del archivo de Daniel Burt Artaza.

Por otra parte, el gobierno pro­visional de Rafael Franco, que durara entre el 17 de febrero de 1936 y el 13 de agosto de 1937, a propuesta del Ministerio del Interior, promulgó el 17 de setiembre de 1936 un Decre­to-Ley N° 4.971, en el que se establecía un reglamento de radiocomunicaciones y facul­taba a la Dirección General de Correos y Telégrafos a autori­zar el establecimiento de esta­ciones radioeléctricas y a tomar intervención para el cumpli­miento de todos los términos de la norma.

NOTICIAS SIN COMENTARIO

Este decreto ampliaba la norma anteriormente citada, promul­gada en el año 1927, que constaba de 13 artículos. El control del espectro radioeléctrico ha sido siempre una potestad del Estado y el presente regla­mento abarcaba no solo las estaciones de radio, sino tam­bién las estaciones móviles como buques y embarcacio­nes menores y determinaba las condiciones de funcionamiento del servicio de radiodifusión.

Llamativamente, en el Art. 52 del mencionado reglamento se expresaba que: “Las noticias, informaciones, etc., de carác­ter internacional solo podrán ser difundidas por el micró­fono, sin agregar comentario alguno cuando proceden de fuentes insospechables y por ello tengan la seriedad que deba emanar de toda información transmitida por las estaciones de radiodifusión. Esta nueva reglamentación que sustituía a la del año 1927 constaba de 76 artículos. Eran tiempo difíciles en el convulsionado ambiente político que vivía nuestro país por esos años, en que comen­zaba a trascender el impacto de la radio en la sociedad.

AVISOS Y TRANSMISIONES

Constituían las fuentes de ingresos principales de las emisoras de radio, desde que la misma comenzó a conver­tirse en un negocio rentable, sustentado en el talento y la creatividad de los que mane­jaban los medios y progra­mas, para hacerlo atractivo al gran público, y cuando el sec­tor comercial se respaldaba en los anuncios comerciales para promover las ventas.

Hoy en día la mercadotec­nia tiene en la radio a un aliado insustituible, por la facilidad de llegar a la gente y hacer conocer una marca, un producto o un servicio por medio de la radio. La radio siempre ha consti­tuido el medio más fácil de llegar al público consumidor. La radio comercial ha tenido etapas muy difíciles en nues­tro país, principalmente en los primeros años de sus ini­cios, por los años 30. Sus pro­gramas eran solventados por anuncios comerciales diver­sos, con el patrocinio de las pocas empresas y comercios existentes en la Asunción de la pos-Guerra del Chaco, o por los servicios de transmi­siones de eventos oficiales o privados que tenían lugar por esos años.

UN EVENTO HISTÓRICO

El Panteón Nacional de los Héroes fue inaugurado el 12 de octubre de 1936 con la presencia de las más altas autoridades de la nación. El evento de gran trascenden­cia histórica para nuestro país fue transmitido por ZP9 Radio Prieto, por entonces la emisora más importante de la época, no solo por el papel que le cupo en la Guerra del Chaco constituyéndose en el eje principal de las comu­nicaciones al pueblo sobre el avance de las operaciones del ejército nacional en los esce­narios chaqueños, sino tam­bién porque era una emisora respaldada por una gran sol­vencia profesional de quie­nes tenían a su cargo los pro­gramas.

Radio Prieto facturó al gobierno de entonces el ser­vicio prestado en la transmi­sión del evento inaugural, tal como consta en el Decreto N° 6.121 el 29 de octubre del año 1936, “que ordena el pago de la suma de 15.000 pesos de curso legal a la ZP9 Radio Prieto”. La determinación del Ejecutivo señalaba tam­bién que el señor Fernando Artaza, uno de los propieta­rios de la emisora, presentó al Ministerio de Guerra y Marina la solicitud y la fac­tura para el pago del importe de las transmisiones espe­ciales efectuadas en ocasión de los festejos de inaugura­ción del Panteón Nacional de los Héroes, por orden de la Comisión Nacional orga­nizadora del evento. La ero­gación se imputa a Ren­tas Generales de la Nación, conforme reza el decreto mencionado, firmado por el entonces presidente provi­sional Rafael Franco.

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