El fiscal Silvio Corbeta dio detalles de cómo fue el esquema orquestado por Patricia Samudio, extitular de Petróleos Paraguayos (Petropar), y su esposo, José Costa Perdomo, condenado a 4 años y 3 años y 9 meses, respectivamente, de prisión por el caso agua tónica, que generó un perjuicio de más de G. 300 millones a la institución estatal durante la pandemia de covid-19.
En primer término, el agente fiscal explicó que la entonces titular de Petropar en el gobierno de Mario Abdo Benítez fue la única que puede ser autora del hecho, ya que la misma es garante de patrimonio como titular de un ente del Estado.
“Tenemos que tener en cuenta en primer lugar que la lesión de confianza tiene una expectativa de pena de hasta 5 años, ella fue condenada a 4, porque tiene la calidad que tiene el tipo penal que es la calidad de garante del patrimonio; por tanto, es la única que puede ser autora de este hecho”, señaló en entrevista al programa “Arriba hoy” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
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Mientras tanto, José Costa Perdomo, su esposo, fue condenado en carácter de cómplice, y como tal tuvo una disminución de la pena. El esposo encargó la compra de aguas tónica a otra empresa que no era la proveedora adjudicada.
“Su conducta fue calificada como cómplice, ya que él no tiene ninguna garantía o posición de garante sobre el patrimonio de la institución, pero se corroboró de que él tuvo una activa participación en todo el proceso desde el inicio hasta el final. Se comprobó que la plata de Petropar fue a parar en una cuenta particular del mismo”, indicó.
Agua tónica ni siquiera se proveyó
El fiscal explicó que la Fiscalía pudo comprobar que el lote de agua tónica que constaba en la adjudicación ni siquiera fue proveída al ente estatal. “Eso nosotros descubrimos con la constitución que se hizo por los fiscales en ese momento en Petropar. Se hizo la trazabilidad del lote, se sacó la fotografía del lote de las aguas tónicas que estaba ahí depositado como supuesta entrega de la empresa proveedora”, remarcó.
Se verificó que la entrega aconteció a finales de marzo; sin embargo, en la constitución fiscal que se realizó el 14 de abril se verificó que era de fabricación del mes de abril a la par de ello de la constitución fiscal.
“Cuando eso tomó estado público, intervino la Fiscalía y ya se hablaba de una ausencia de contraprestación y de la existencia de una presunta lesión de confianza, ellos empezaron a comprar los productos, tanto la empresa proveedora como José Costa Perdomo para tratar de simular la compra”, mencionó.
Certificado médico
Con relación al certificado médico que Samudio justificó para la compra de agua tónica, de contener un elemento que ayudaría a curar el covid, también se constató que fue otorgado por el médico después de la adjudicación. En el juicio, el médico explicó que fue obligado a firmar la nota.
“El médico dijo ante el tribunal de sentencia que esa nota hizo en el mes de abril, justamente como una manera de también tratar de cubrir la falencia administrativa que tenía ese proceso, porque ese proceso fue determinado como un proceso que podría haber sido llamado por una licitación ordinaria y que no se trataba de una urgencia impostergable”, sentenció.
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