- Por César Palacios
- Comunicador y docente, @cespala
El vicepresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), juez Rodrigo Mudrovitsch, que concluyó su visita al Paraguay el pasado fin de semana, dijo antes de partir de Costa Rica, que en la visita realizada en las comunidades indígenas del Chaco se han podido constatar avances importantes en el cumplimiento de las sentencias a favor de las mismas.
Mudrovitsch, con amplia formación en Derechos Humanos, abogado y profesor universitario, se refirió a los tres días de visitas y audiencias con integrantes de las comunidades Sawhoyamaxa, Yakye Axa y Xámok Kásek, a fin de constatar el cumplimiento de las sentencias de la CIDH en favor de las mismas. Habló de un “balance muy positivo” en las tres comunidades visitadas. Tuvimos la oportunidad de acompañar esta misión de trabajo y constatar los avances.
“Fueron días muy intensos, con muchas actividades, pero salimos con avances que ya fueron mencionados en las visitas en las comunidades, comenzando por la cuestión del camino para la comunidad Yakye Axa, la instalación de los puestos de salud que están pendientes pero que nos parece que están muy cercanas de ser concluidas en las comunidades de Xamox Kásek y Sawhoyamaxa”, dijo.
El juez Mudrovitsch mencionó que desde la anterior visita de una delegación de CIDH a estas comunidades indígenas, han pasado siete años y que en este tiempo “mucho se cambió y eso es muy importante”. “El cambio es visible y eso lo hemos hablado abiertamente con las comunidades. Es visible que se ha tenido avances”, remarcó.
Mudrovitsch agradeció al Estado paraguayo “por todo lo que han hecho para permitir que esta visita pueda ser realizada”. Aclaró que la evaluación sobre la situación de cumplimiento de la sentencia será hecha por el pleno de la Corte en base a las informaciones recabadas en la visita.
El vicepresidente de la Corte Interamericana manifestó que todo evidencia, el gran compromiso del Gobierno de Paraguay de cumplir estas tareas en materia de Derechos Humanos, donde el Paraguay fue condenado por gobiernos poco o nada comprometidos con esta materia.
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Corte Interamericana culpó a Argentina por fallos en caso del atentado contra AMIA
La Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró este viernes que Argentina es responsable por faltas en la prevención e investigación del atentado contra la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) en 1994 en Buenos Aires, que dejó 85 muertos.
“Argentina (es) responsable por no haber adoptado medidas razonables para prevenir el atentado” y “no haber cumplido con su deber de investigar con la debida diligencia y dentro del plazo razonable el atentado y su encubrimiento”, señaló la sentencia de la Corte IDH, con sede en San José.
El 18 de julio de 1994, una camioneta-bomba voló el edificio de la sede de la AMIA en la capital argentina, y además de los muertos hubo más de 300 heridos, en un atentado hasta hoy impune. El Estado “conocía de una situación de riesgo real e inmediata sobre los sitios identificados con la comunidad judía y no adoptó las medidas razonables para evitar dicho riesgo”, según la resolución de la Corte IDH, leída por su presidenta, Nancy Hernández.
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“Se sabía que el atentado iba a ocurrir y dejaron que ocurriera”, dijo a la AFP Diana Wassner, integrante de la Memoria Activa, asociación civil querellante en el caso. Después de 30 años “no se tiene claridad sobre lo acontecido, sus responsables, ni las razones por las cuales el Estado utilizó su aparato judicial para encubrir y obstaculizar la investigación”, agregó la sentencia.
El tribunal consideró al Estado como “responsable de la violación a los derechos a la vida y a la integridad personal en perjuicio de las víctimas”. Paula Litvachky, directora del Centro de Estudios Legales y Sociales y abogada de familiares de víctimas, comentó a la AFP que “es un fallo histórico” porque la “propia actividad” del Estado “impidió que 30 años después se obtenga verdad y justicia”.
Riesgo real
Argentina “violó su obligación de prevención”, mencionó la sentencia, ya que hubo situaciones previas “que llamaron la atención sobre la custodia de la AMIA”, como el atentado en 1992 contra la embajada de Israel, que causó 29 muertos. “El terrorismo es un fenómeno que pone en peligro los derechos y libertades de las personas” y los Estados deben “adoptar aquellas medidas que resulten adecuadas, necesarias y proporcionales para prevenir ese tipo de actos”, dijo el tribunal.
Argentina ha acusado por el atentado a exdirigentes iraníes, pero nunca fueron juzgados. Se sospecha que tuvieron una poderosa conexión local, aún no identificada. En abril de 2024, la justicia argentina determinó que los atentados a la embajada de Israel y a la AMIA fueron ordenados por Irán. Días después el gobierno pidió la detención internacional del ministro de Interior de ese país, Ahmad Vahidi, uno de los señalados por el ataque, orden que fue calificada como “ilegal” por el gobierno iraní.
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“Encubrimiento”
La Corte Interamericana alegó que en el proceso judicial inicial sucedieron “irregularidades” por parte del Estado. “Agentes estatales (...) actuaron de forma articulada con el propósito de construir una hipótesis acusatoria sin sustento fáctico, lo que favoreció el encubrimiento de los verdaderos responsables”, agregó.
En 2015 comenzó una investigación de la Unidad Fiscal de Investigación AMIA para revisar el proceso inicial y determinó en 2019 “encubrimiento” por parte de Argentina que derivó en penas leves para funcionarios judiciales y del gobierno del expresidente Carlos Menem (1989-1999), pero sin aclarar la razón del ocultamiento.
“Con los años nos dimos cuenta de que no quisieron investigar y nos negaron la justicia” con “encubrimientos”, dijo Wassner. Otra causa por encubrimiento fue abierta en 2017 contra la expresidenta Cristina Kirchner (2007-2015), por impulsar en el Congreso un acuerdo con Irán para juzgar a los iraníes en un país neutral. El acuerdo nunca se cumplió, Kirchner fue sobreseída en 2021 y la causa se reabrió en 2023.
Perjuicio a familiares
El fallo señaló que Argentina “violó el derecho a la integridad psíquica y moral en perjuicio de los familiares de las víctimas”. “Las faltas del Estado a su deber de investigar, las dilaciones injustificadas al proceso y, en general, la falta de esclarecimiento y la situación de impunidad, han provocado en los familiares de las víctimas sentimientos de angustia, tristeza y frustración”, señaló el tribunal.
La Corte ordenó a Argentina como principales medidas de reparación remover los “obstáculos de facto” que mantienen “en la impunidad total” el caso; reabrir las investigaciones para “individualizar, juzgar y sancionar” a los responsables; y establecer la verdad de lo ocurrido. “Es una decisión rara”, dijo Litvachky. “Todavía no tenemos todo perdido”, agregó Wassner.
Fuente: AFP
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El Estado reafirmó su compromiso con comunidades indígenas del Chaco
Representantes de diversas instituciones del Estado paraguayo llevaron a cabo una visita al Chaco para dar cumplimiento a las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en favor de cuatro comunidades indígenas asentadas en el departamento de Presidente Hayes, a la altura del km 350 de la ruta Concepción-Pozo Colorado, siendo un hito histórico para los derechos humanos y la justicia social.
“La visita interinstitucional realizada, organizada y coordinada por el Cicsi, yo creo que desde el punto de vista del Indi ha sido sumamente importante porque bajamos con toda la supervisión de todas las medidas de la sentencia de la Corte Interamericana a las comunidades como Sawhoyamaxa y Yakye Axa, de poder hacer una evaluación e ir midiendo hasta dónde se han cumplido las medidas de la Corte Interamericana, como así también del proceso abierto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la comunidad Kelyenmagategma”, dijo Yudith Rolón, directora de Derechos Humanos del Instituto Paraguayo del Indígena (Indi).
Esta visita interinstitucional, desarrollada los días 9 y 10 de mayo, fue organizada y coordinada por el Consejo Asesor Consultivo de la Comisión Interinstitucional para el Cumplimiento de las Sentencias y otros compromisos Internacionales en materia de derechos humanos (Cicsi), encabezado por el vicepresidente Pedro Alliana, como un paso crucial para cumplir con las medidas ordenadas por la Corte Interamericana.
Rolón señaló la urgencia de completar estas medidas, que abarcan desde la restitución de tierras hasta la provisión de servicios básicos para una vida digna en estas comunidades. “Entonces, estos dos días intensos que hemos tenido de la visita y, sobre todo, de escucharle a los líderes, a los miembros de la comunidad, con todas las instituciones haciendo un descargo. Sobre todo, el gran desafío que significa ir cumpliendo a cabalidad todas las medidas, ha sido sumamente interesante”, aseveró.
“También se resaltaron muchos compromisos que por parte del Estado ya se ha hecho, como la adquisición de tierras. Falta formalizar, eso sí, ya para la restitución formal a nombre de la comunidad”, agregó la funcionaria del Indi, al destacar las obras de infraestructura y las acciones gubernamentales que ya se encuentran en marcha.
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Caso Nissen: “Estado no participa como acusado, sino por denuncia de vulneración de DDHH”, afirman
El procurador general de la República, Rodolfo Barrios, habló del millonario resarcimiento que se deberá otorgar al exfiscal Alejandro Nissen. Aclaró que en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el Estado no participa como acusado, sino por denuncia de una vulneración de derechos humanos.
“La Corte no determina responsabilidades individuales, no solamente en este caso, en ningún caso. Evidentemente la responsabilidad estatal está basada por la conducta de los hombres, de las autoridades o de los funcionarios que en algún momento forman parte de algunos de los órganos estatales”, señaló a la 1080 AM.
Dijo que precisamente ocurrieron estas situaciones que hoy llevaron a la sanción del Estado. “Hablamos muchas veces de condena y sanciones. En realidad el Estado no participa de este proceso como un acusado o un procesado en el ámbito penal como podríamos imaginarnos”, manifestó.
La participación del Estado en el caso Nissen se da por “una vulneración a los derechos humanos de un ciudadano particular”. “Y lo que concluye la sentencia es establecer la responsabilidad internacional por esa vulneración de derechos. Y a su vez nos fija una condena”, refirió.
En cuanto al resarcimiento por el daño ocasionado, Barrios expresó que se trata de una reparación pecuniaria y otros pedidos formulados por el denunciante. “También se estableció que se borren de todos los registros o limpiar su nombre. Que la sentencia debe publicarse en los sitios web del Ministerio Público y del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”, destacó.
Así también, se dispuso que el resumen de la sentencia sea publicada en un diario de gran circulación. “Son medidas de reparación que son producto de esta responsabilidad internacional del Estado que fue declarada ayer en esta sentencia”, finalizó.
Paraguay debe pagar al exagente del Ministerio Público Alejandro Nissen en un año US$ 30.000 como indemnización, US$ 243.000 por daño material, US$ 15.000 por daño inmaterial, US$ 15.000 por costos y gastos. Además, debe reintegrar unos US$ 5.269,12 al Fondo de Asistencia a Víctimas.
El fallo de la Corte fue leído en la mañana de ayer martes por el presidente del organismo internacional, Ricardo Pérez Manrique. Posterior a la lectura, se realizó el envío, por medios electrónicos, de la versión escrita de la sentencia a todas las partes, incluyendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la violación de las garantías judiciales en el marco de procesos seguidos en contra de Nissen por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que determinó la remoción de su cargo como agente fiscal penal.
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Fallo Nissen: “Si el Estado asumió el compromiso, debe cumplir”, afirma Ricardo Merlo
El ex fiscal adjunto de Derechos Humanos Ricardo Merlo dio su opinión sobre el veredicto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó al Estado paraguayo al pago de un resarcimiento de US$ 308.000 en el caso de una demanda promovida por exfiscal Alejandro Nissen. Dijo que “si el Estado asumió el compromiso, debe cumplir”.
El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la violación de las garantías judiciales en el marco de procesos seguidos en su contra por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que determinó la remoción de su cargo como agente fiscal penal.
A criterio de Merlo, el Estado además debe accionar contra los funcionarios que provocaron este fallo a instancias de un organismo internacional. “Tiene que ejercer el Estado contra los responsables de incumplir derechos humanos. Accionar contra los funcionarios quienes incumplieron sus funciones”, puntualizó en diálogo con la 680 AM.
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Alejandro Nissen era fiscal y desarrollaba principalmente investigaciones relacionadas con casos de corrupción. En marzo del 2002 se presentó una denuncia en su contra alegando mal desempeño en sus funciones. El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) emitió una sentencia sancionatoria disponiendo su destitución del cargo en abril del 2003 y en el 2004 la Corte Suprema de Justicia rechazó una acción de inconstitucionalidad presentada por la presunta víctima, que posteriormente apeló a instancias internacionales, obteniendo un veredicto favorable.
De esta manera, Paraguay debe pagar al exagente del Ministerio Público Alejandro Nissen en un año US$ 30.000 como indemnización, US$ 243.000 por daño material, US$ 15.000 por daño inmaterial, US$ 15.000 por costos y gastos. Además, debe reintegrar unos US$ 5.269,12 al Fondo de Asistencia a Víctimas.
El fallo de la Corte fue leído en la mañana de ayer martes por el presidente del organismo internacional, Ricardo Pérez Manrique. Posterior a la lectura, se realizó el envío, por medios electrónicos, de la versión escrita de la sentencia a todas las partes, incluyendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
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