• Por Felipe Goroso S.
  • Columnista Político.

La Ley de Registro de Agentes Extranjeros (FARA) impone obligaciones de divulgación pública a quienes representan intereses extranjeros. Requiere que “agentes extranjeros” (definidos como individuos o entidades que participan en actividades de cabildeo o defensa a nivel nacional para gobiernos, organizaciones o personas extranjeras se registren en el Departamento de Justicia y divulguen su relación, actividades y financiamiento). Su propósito es promover la transparencia con respecto a la influencia extranjera sobre la opinión pública, las políticas y las leyes estadounidenses; con ese fin, el Departamento de Justicia está obligado a poner dicha información a disposición del público. La FARA se promulgó en 1938 principalmente para contrarrestar la propaganda nazi. País: Estados Unidos.

En 2017, se aprobó una ley de transparencia de las oenegés que tiene por objeto garantizar la transparencia de los grupos que recibían donaciones del extranjero. El primer ministro ha argumentado que sus críticos internos están controlados por fuerzas externas. “Han dicho abiertamente que querían un cambio de gobierno en Hungría. Han utilizado todos los medios de corrupción política para financiar a la oposición”, declaró en un discurso, Viktor Orbán. País: Hungría.

En 2018, auditores emiten contundente informe que dice que la financiación a las oenegés debe ser más transparente. El Tribunal de Cuentas ha publicado un informe en el que alerta de una serie de problemas en la financiación de las oenegés con dinero comunitario. El reporte afirma que la Comisión no tiene información suficientemente detallada sobre cómo se gasta el dinero. También hay falta de transparencia cuando se abonan fondos de la UE a las oenegés a través de organismos de la Organización de Naciones Unidas. Continente: Comunidad Europea.

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En 2018, el Congreso de la República publica un informe al respecto de la regulación y supervisión de actividades y financiamiento de los organismos no gubernamentales. En el mismo se citan al menos una docena de leyes y reglamentaciones que van desde la Constitución, pasando por códigos, leyes, decretos del Poder Ejecutivo y resoluciones del Congreso, llegando incluso a Unidades de Inteligencia Financiera, Superintendencia de Bancos y la de Seguros. En las mismas se dictan medidas para fortalecer la prevención, detección y sanción de lavados de activos y terrorismo. Además, se aprueba el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones y se le asigna poderes a la entidad que regula todas las oenegés: Agencia Peruana de Cooperación Internacional. País: Perú.

Desde al menos 1998, existen leyes, reales decretos, resoluciones y las más diversas reglamentaciones que tienen como foco la transparencia en el uso de los fondos de las oenegés. Publicaciones académicas mencionan escándalos que han afectado gravemente la credibilidad e imagen de aquellas, muchas de ellas con nombres y objetivos muy nobles en apariencia, pero que han visto desvirtuar su trabajo por sus actividades muy poco claras y que se han visto regadas por denuncias de tráfico de influencias y conflicto de intereses. Hay al menos treinta legislaciones distintas y con un abanico de alcances y grados de penalidades. País: España.

Lo resaltante en el siguiente país es que se debe entregar la información al Ministerio de Justicia, que es el obligado a supervigilar a las oenegés. Teniendo la facultad de requerir que presenten sus actas, las cuentas, memorias, libros de contabilidad, de inventarios y remuneraciones, y en general todo tipo de informe que tenga relación con las actividades de estas. En caso se detectase la comisión de infracciones es posible la imposición de medidas disciplinarias o correctivas a los miembros de estas organizaciones, pudiéndose inclusive disponer la cancelación de la personalidad jurídica de la corporación o fundación. País: Chile.

Y podríamos seguir, porque de hecho prácticamente cada país del mundo tiene regulaciones legislativas con sanciones más o menos duras que controlan y supervisan a las oenegés. Las mismas no están excluidas de la Constitución Nacional, códigos, leyes, decretos y resoluciones. Mientras una raquítica oposición lleva adelante una operación política sin una sola base de sustentación fáctica y sobre la base de noticias falsas, como una supuesta ley contra la libertad de prensa, en un morboso intento de cambiar el foco de la discusión pública de la ley de transparencia de las oenegés tratando de elevar el interés de la misma a nivel nacional cuando que en realidad no tiene el grado de afectación que intentan mostrar. Es oportuno y conveniente mostrar y evidenciar que la referida iniciativa legislativa podrá tener cosas que optimizar en lo particular en algunos de sus artículos, hay que decir que todo aquel que se oponga a la misma está en contra de los ejes fundamentales del proyecto que son la transparencia y sobre todo y principalmente la soberanía nacional por la que bien vale la pena luchar y defender en Paraguay, pues de eso se trata la política, esa mala palabra que empieza con p y termina con a.

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