• Por Aníbal Saucedo Rodas
  • Periodista, docente y político

Para nosotros, la historia es una cátedra viva. Mediante ella podemos interpretar y contextualizar nuestros conflictos del pasado no resueltos en el presente. El saber de dónde venimos nos permite construir realidades y utopías. “Somos parte de una sociedad fragmentada que ha cortado sus lazos comunitarios –escribía en el 2005 el entonces cardenal Jorge M. Bergoglio– (y) esta realidad se debe a un déficit de memoria, concebida como potencia integradora de nuestra historia, y a un déficit de tradición, concebida como la riqueza del camino andado por nuestros mayores”.

Ese déficit de memoria es el que se interpone en la búsqueda de soluciones estructurales para nuestros arraigados dramas sociales como la lucha por la tierra de los pueblos originarios y campesinos. Antes de que la Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP) expresara su preocupación por la suerte de estos compatriotas, ya lo hicieron dos sacerdotes en el inicio de las celebraciones religiosas con motivo de las festividades de la Virgen de Caacupé: Lucio Alfert, obispo del Vicariato Apostólico del Pilcomayo, y el padre Miguel Fritz, antropólogo y misionero. Y ese déficit de tradición impide enlazar el pasado con la frase pronunciada por Fritz: “La propiedad privada no es un derecho absoluto”. En la Convención de Reunificación de los sectores eleccionistas y abstencionistas, de marzo de 1938, el Partido Nacional Republicano decreta su posición sobre la tierra con una frase similar: “Subordinación de la propiedad privada al interés común”.

Pero vayamos al momento inaugural de este partido. El sujeto preferencial de su política social es el campesino. Luego incorporaría la dimensión obrera. Así lo deja expresamente registrado en el Programa-Manifiesto del 11 de setiembre de 1887: “El mejoramiento de nuestra campaña mediante leyes sabias y protectoras”. Debe entenderse “campaña” en su acepción de “sector rural”, como era de uso común hasta no hace muchos años. Ezequiel González Alsina, aunque renegó de sus convicciones ideológicas iniciales, seducido por la dictadura, es el que más lúcidamente analiza este párrafo del documento fundacional de esta organización política: “Los valores de la igualdad y la justicia ya no son meramente cuantitativos, sino eminentemente cualitativos, y la ‘protección’ no se menciona allí como un privilegio, sino como una defensa para la parte más débil…”. Por eso, las leyes para “nuestra campaña” no solo deben ser “sabias”, sino también “protectoras”.

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El doctor Antolín Irala es considerado uno de los precursores de la reforma agraria por la “ley de homestead” de su época de diputado, en los primeros años del 900. Cuatro décadas después seguiría su mismo rumbo el doctor Roberto L. Petit. En las sucesivas convenciones de la Asociación Nacional Republicana, particularmente hasta la primera mitad del siglo XX, el problema de la tierra y de los obreros era el punto neurálgico de los debates. Los jóvenes Hipólito Sánchez Quell y Juan Ramón Chaves –siempre hay que hacer una distinción de las dos etapas radicalmente diferentes de las vidas de ambos– se convierten en los redactores y voceros que refuerzan y revolucionan los programas de contenido social del partido. El primero de ellos, en 1930, formula la “urgente aplicación de un plan de reformas tendientes a dividir los latifundios en unidades agrícolas más conformes con las necesidades técnicas, económicas y políticas del país”.

El Programa Mínimo aprobado por la Convención Republicana de 1938, ya lo explicamos, otorga primacía al interés común sobre la propiedad privada, con fundamentación de Juan Ramón Chaves: “Si un individuo, con las garantías enunciadas en la Constitución Nacional para su libertad, para trabajar, no pudiese obtener tierras para desenvolver sus actividades en vista de que otros individuos también con iguales garantías tienen en sus manos la mayor parte de las tierras cultivables, es deber del Estado, por medio de instituciones, procurar que ese individuo inhabilitado de trabajar por falta de tierra, lo obtenga de manos de los otros que la tienen en abundancia y acaparada”. Y sigue: “De ahí que el derecho de propiedad no debe ser estático, sino dinámico, cumple una función social, puede ser objeto de expropiación para salvar la vida de un ciudadano”. El impetuoso joven republicano remata como lo harían los religiosos católicos casi 84 años después: “En adelante, el derecho de propiedad no debe ser un derecho individual absoluto, egoísta, sino su misión es eminentemente social, toma en cuenta la solidaridad que debe existir entre los hombres que viven en sociedad”.

En la Convención de 1947 el Partido Nacional Republicano se reafirma en los mismos principios, con un pequeño cambio: “Subordinación de la propiedad privada al interés social”. La discontinuidad histórica se supera con memoria. Así recordaremos lo que decía Sánchez Quell en la Convención de 1930: “El partido no está en el Directorio ni en el Parlamento ni en los comités. El partido está en el pueblo y especialmente en el pueblo campesino, fuente fecunda de nuestro progreso y raíz auténtica de la nacionalidad”. Buen provecho.

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