El juez electoral del departamento Central, Modesto Núñez, remitió a la Comandancia de la Policía Nacional el Oficio N° 26 en el cual comunica de oficio, para su cumplimiento, que la Policía comunique sobre este tipo de faltas en relación a la propaganda electoral extemporáneas.
La nota refiere que por Auto Interlocutorio (AI) N° 14 se ordena a la Policía Nacional que en caso de constatar la realización de propaganda electoral en la vía pública, dentro del referido departamento, identifique a los autores y remita el antecedente al juzgado electoral mencionado.
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Desde la Justicia Electoral se aclara que la acción se da teniendo en cuenta la vigencia de la normativa que prohíbe la difusión de la propaganda electoral fuera del plazo establecido en el artículo 290 del Código Electoral. “La propaganda electoral se extenderá por un máximo de sesenta días contados respectivamente desde dos días antes de los comicios, en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral”.
En este contexto, el Juzgado Electoral de Central tomó intervención y destruyó recientemente pintatas constatadas en murallas ubicadas en varios barrios de la ciudad de Itauguá, procedimiento que había iniciado antes de la pandemia y ahora se está retomando de modo a hacer cumplir las leyes establecidas para el control de propaganda electoral en la vía pública.
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