La policía podrá retener o realizar cateos de vehículos particulares sin una orden judicial emitida por un juez, si cuenta con sospechas serias. El abogado penalista José Casañas Levi, indicó a La Nación que los artículos 179 y 181 del Código Procesal Penal dan la posibilidad de realizar la retención al contar con pruebas suficientes para hacer la pesquisa. Los agentes pueden intervenir ante actitud sospechosa o si el conductor cometió un hecho punible.
El profesional del derecho dijo que durante el procedimiento debe haber dos testigos. Los mismos no deben ser uniformados, pueden ser acompañantes o personas que se encuentren en la zona, para que el operativo sea legal.
Al observar lo sucedido con la empresaria Tanya Villalba, quien grabó a los policías actuando sin contar con una orden judicial e ingresando al rodado, dijo que se dieron varios ilícitos. Señaló que hubo coacción grave, privación de libertad e intento de estafa. "Estos hechos pueden llegar a 22 años y medio en un juicio", destacó.
Casañas Levi explicó que la policía "comete abusos muy notorios" en el último tiempo. Con las últimas acciones, la policía "se muestra incompetente, pese a las limitaciones legales abusa de su autoridad porque no hay control", reclamó.
Recomendaciones
Al ser detenido por uniformados en una barrera, el ciudadano debe anotar el número de registro identificatorio del vehículo policial y poner seguro en todas las puertas del vehículo.
Para entregar los documentos del vehículo y la licencia de conducir en caso de ser requerido, se debe abrir única y parcialmente la ventana del conductor. Antes de entregarlos, exigir la identificación de los policías. Los agentes deben llevar portanombres en el pecho de manera visible. Corresponde a la persona que es retenida en la barrera o control anotar estos datos, tanto durante en la verificación como si se da la detención, sin dejarse intimidar.