Por Prince Otto princeotto@lanacion.com.py

A casi dos semanas de implementarse el 10% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los intereses de los préstamos concedidos por las cooperativas de ahorro y crédito, este sector sigue estando en contra de la normativa frente a la postura a favor de las cooperativas de producción. Este grupo sostiene que la aplicación se enmarca dentro del proceso de equidad tributaria. Sobre el punto, alcances y perspectivas, se realizó la Mesa de Negocios del Diario La Nación, donde participaron representantes de ambos grupos. Estuvieron el asesor jurídico de la Confederación Paraguaya de Cooperativas (Conpacoop), Hernando Raichakowski (HR); la asesora del mismo gremio, María Agustina García (MG); el gerente general de la Federación de Cooperativas Multiactivas del Paraguay (Fecomulp), Antonio Ortiz Guanes (AO). Además, el tributarista Rafael Heisecke (RH), el presidente de la Federación de Cooperativas de la Producción (Fecoprod), Edwin Reimer (ER); y el asesor económico del gremio, Ronald Dietze (RD).

¿Cómo se está trabajando con la inminente implementación del IVA a los intereses de los préstamos de las cooperativas?

HR: Con el Ministerio de Hacienda y el Gabinete Civil de la Presidencia de la República estamos tratando de que puedan flexibilizar algunos detalles.

Pedimos que mínimamente se comience a implementar una tasa del 5%, que se ha aplicado al sector bancario para que no sea tan dramático el cambio de no tener el IVA a tener una tasa del 10%. También que ese IVA rija para las operaciones que se contraten a partir del 1 de julio, con respecto al principio de la retroactividad de la norma garantizada en la Constitución Nacional y sobre lo cual hemos discutido ampliamente.

Al solicitar estos puntos, ¿renuncian al propósito de que no se aplique el tributo?

HR: Eso no significa que el sector cooperativo renuncia a su lucha contra el IVA hasta alcanzar que se entienda la diferencia entre el acto cooperativo y de comercio. Este IVA va en contra, no solamente de la Constitución Nacional sino de la propia legislación tributaria, que define los servicios al efecto de la aplicación de los impuestos contra esa misma legislación legal que va esta aplicación del IVA.

Igual, buscaremos suavizar un poco el impacto si es que la postura oficial sigue de no retroceder en la aplicación del IVA. Hay una cuestión legal, constitucional y doctrinaria de por medio pero más allá de eso está el bolsillo de los socios.

¿Cuál es el punto cuestionado por el sector cooperativo?

MG: Es en la aplicación retroactiva de la ley a las cooperativas de ahorro y crédito. Me parece una aberración total que la aplicación sea retroactiva. Hay una confusión entre lo que es hecho generador y lo que es base imponible y lo que es nacimiento de la obligación tributaria. La forma en que está reglamentada la Ley del IVA para cooperativas, se reglamentó de tal suerte que se aplica retroactivamente porque se pretende gravar con IVA los intereses de préstamos otorgados antes de la vigencia de la normativa. Y el hecho generador, por definición de la Ley 125, sigue siendo exactamente el préstamo que es el que se tiene que dar dentro de la vigencia de la ley para que los accesorios de este préstamo puedan estar gravados por la misma. Lo que creo que se tiene que defender es la ilegalidad en la aplicación de la ley, en la aplicación retroactiva.

¿Se continúa con la propuesta de gravar 10% las ganancias de todas las cooperativas, incluidas las de producción?

AO: Desde la federación seguimos convencidos de la necesidad de encontrar alguna alternativa porque sí creemos en la doctrina del sector. Creemos que hay una violación constitucional, estamos totalmente convencidos que el cobro del IVA es antidoctrinario y sabemos que es a los efectos de la recaudación del Estado. En ese sentido, hemos encontrado algunos parlamentarios que se han hecho de algunas alternativas de solución como la propuesta de presentar un aporte a la comunidad en salud, educación, servicios básicos como lo hacen todas las cooperativas en el Paraguay.

Se busca institucionalizar el aporte a través de la ley como una alternativa de recaudación de parte del Estado direccionado a la salud y evitando esa violación constitucional y doctrinaria. Se propone que las cooperativas aporten de sus excedentes un 10%. Con eso estamos dando solución a algunos temas como por ejemplo, se habla de malos dirigentes de las cooperativas, de corrupción pero se castiga al socio.

¿Qué impacto podría tener la mencionada propuesta?

RH: Esto significará que si hay una dirigencia corrupta, el excedente será menor. Al final el que decidirá será el esquema de corrupción. Entonces la opción será generalizar el IVA y acabar el problema. La alternativa es que en este momento se facturen los préstamos y los intereses de los préstamos antes de que empiece a correr el IVA de forma que las cooperativas ya tengan generado ese interés facturado, con lo cual salven ese problema de los intereses de IVA anteriores.

ER: Hay una gran confusión en todo lo que es el IVA a la facturación de las cooperativas. Falta la apertura para analizarlo punto por punto. Si la cooperativa tendrá que pagar impuestos sobre el excedente, entonces se buscará minimizar el excedente y de esa manera también la capitalización. Tendremos cada vez más cooperativas debilitadas sin capital propio que no podrán sobrevivir y dependerán solamente de los aportes que mensualmente o anualmente tienen que pagar los socios. No estamos a favor de dividir el sistema cooperativo en dos grupos. Uno que trabaja con dinero y otro, con diferentes tipos de productos. Lo consideramos injusto.

RD: Es un gran peligro, realmente si es que cambiamos, si cobramos un impuesto a los excedentes. Hoy se cobra 3% para solventar los gremios, 10% como mínimo para el tema de educación más las reservas legales que está en la ley.

Si le agregamos cualquier impuesto, es un tributo a la renta directa y ahí va contra toda filosofía cooperativa mucho más grave que el IVA porque ahí es con fines de lucro, es una forma de reconocer que tenemos lucro. Porque al fin de cuentas el excedente es del socio. En eso no hay que entrar. Le estás restando una utilidad al socio y para mí es un Impuesto a la Renta.

Con relación al mecanismo de que se comiencen a facturar antes de julio ¿puede interpretarse como evasión?

RH: Si esto puede interpretarse como evasión existe una solución muy simple, se prepara una consulta vinculante a la SET, se le solicita una consulta, si pueden emitir la factura antes del plazo y si eso genera algún tipo de evasión y si la SET le contesta que está de acuerdo en que realicen eso, solucionan el problema.

MG: Sobre el punto se debe aclarar que la facturación no cambia el registro contable. Lo único que cambia es la instrumentación. Porque cuando hay un desembolso de préstamos dentro está ya calculado el interés que va devengar por el plazo de vencimiento. En realidad aquí existe una tozudez por parte de la administración tributaria que no quiere entender que el hecho generador es el que tiene que estar dado dentro de la vigencia de la ley para que ese acto esté gravado.

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