En una carta dirigida al director del diario La Nación, con fecha 29 de diciembre del 2015, Mario Abdo Benítez solicitó la publicación de la siguiente carta: "Yo, Mario Abdo Benítez (h), con C.I. N° 674.198, me dirijo a usted en el ejercicio de mi derecho constitucional a réplica, debido a publicaciones falsas y temerarias aparecidas en la edición del diario de fecha 28 de diciembre que usted dirige, bajo el sugerente título de 'Denuncian a sobrino de Marito por despojo irregular de tierras'.

"En el artículo se pretende y presentan al lector una serie de manipulaciones y groseras inexactitudes que me afectan y que deben ser adecuadamente aclaradas. Esta aclaración la realizaré por única vez en defensa de mi buen nombre y reputación. No tengo nada que ver con el caso litigioso que se publicó el día de la fecha. Nunca intervine en ningún litigio de manera directa o indirecta con el señor Efrén López, ni con ninguna persona de su familia. De manera puntual, no tengo vínculo ni interés en el caso de la disputa de un inmueble de 6.928 hectáreas ubicadas en el distrito de Pedro P. Peña, departamento de Boquerón.

"Como se dijo, además de contener información tendenciosa para enlodarme en supuestos actos de influencia en la Justicia, en un apartado del artículo se refiere que supuestamente fui consultado y que no di ninguna respuesta. Aún cuando esto hubiese sido así, ello no autoriza a usted a asumir que tengo algo que ver con el caso que se publica y que afecta a mi persona de manera injusta y dolosa.

"Se afirma con temeridad que yo transferí las tierras en cuestión a Rodrigo Meza Abdo. Esto también es falso. Nunca transferí ningún inmueble y menos éste al señor Rodrigo Meza Abdo. Nunca influí en ninguna persona de ningún poder del Estado para que actúe en beneficio mío o de terceros.

"Le recuerdo también que el artículo 26 de la Constitución Nacional consagra: 'Se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines'.

"El artículo 28 de la Carta Magna, por su parte, indica: 'Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo. Toda persona afectada por la difusión de una información falsa, distorsionada o ambigua tiene derecho a exigir su rectificación o su aclaración por el mismo medio y en las mismas condiciones que haya sido divulgada, sin perjuicio de los demás derechos compensatorios".

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