• Por Prince Otto
  • princeotto@lanacion.com.py
La implementación de las modificaciones introducidas al Impuesto a la Renta Personal (IRP), sumada a lo que será el nuevo formulario para la liquidación del tributo, continúa generando fuertes cuestionamientos por parte del sector privado.

Para conocer más sobre los alcances de los cambios, así como del proceso de diseño de la plataforma impositiva, conversamos con la viceministra de Tributación, Marta González Ayala.

-¿Por qué deciden aplicar las modificaciones a la disposición que ya regía el Impuesto a la Renta Personal?

-Porque en un análisis cuidadoso de las declaraciones juradas de los más de 25.000 contribuyentes que tiene el IRP, encontramos casos extremos de personas de elevados ingresos (más de G. 2.000 millones al mes) que pagaban cero de impuesto, y en mucho de estos casos incluso el fisco quedaba en situación de deudor con el contribuyente, ya que éste acumulaba pérdidas fiscales a ser descontadas en los siguientes ejercicios.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Esto sucedía, porque el decreto anterior utilizaba una definición del concepto de "inversión" extremadamente amplia, la cual incluía todo tipo de bienes tales como automóviles de lujo, lanchas, inmuebles, estancias, electrodomésticos, joyas, lámparas, etc.

-El sector empresarial, principalmente, cuestiona las limitaciones en la deductibilidad de las inversiones, ¿realmente están jugando en contra con las modificaciones?

-Las inversiones que realizan los empresarios no son limitadas por las nuevas normativas, ya que rigen las disposiciones legales desde el año 2012. Lo único que el Decreto Nro. 6.560/16 recientemente emitido efectúo precisiones para establecer reglas más claras para facilitar al contribuyente la comprensión de la norma, ajustándose estrictamente a lo que la ley establece.

-Otro punto que preocupa es el mecanismo de devolución de los créditos fiscales. ¿Desde la dependencia a su cargo, garantizan el proceso?

-La SET tiene la firme decisión de devolver de manera inmediata los pagos en exceso realizado por medio de las retenciones. Se están analizando el mecanismo y los procedimientos para tal efecto.

-¿Qué innovaciones presenta el proyecto de formulario para la liquidación del IRP?

-La ventaja que presenta el formulario, entre otras, es que en él se aclaran con mayor precisión los conceptos a los que se refieren los distintos campos y en cada uno de ellos ya se indica brevemente la manera en que debe completar.

A fin de evitar confusiones generadas con la versión anterior, cuando el contribuyente no supere el rango no incidido para el ejercicio fiscal que se liquida, el sistema ya no calculará el impuesto puesto que no corresponde abonar el mismo.

-¿Qué resultado espera la SET, tanto a nivel institucional como desde el lado del contribuyente?

-Por un lado, el contribuyente verá facilitado el llenado del formulario por los siguientes motivos: cuenta con una guía simplificada en cada uno de los campos de los rubros, el sistema calculará automáticamente gran parte de los resultados o de las operaciones aritméticas o de cálculo de porcentajes, reduciendo con ello el margen de error.

A la Administración Tributaria le permitirá un mayor control a partir de lo declarado por el contribuyente porque automáticamente el sistema realizará los cálculos conforme a las limitaciones establecidas en la ley (gastos e inversiones deducibles), asimismo realizar cruces de informaciones, pues los datos se encuentran más detallados.

-Finalmente, las sugerencias presentadas por la ciudadanía en el proceso que están haciendo de socialización del nuevo formulario, ¿serán consideradas?

-Precisamente para ello se pone a disposición de las personas interesadas. Sin embargo, es importante aclarar que solo serán tenidas en cuenta las observaciones pertinentes y que se ajustan al marco legal.

Déjanos tus comentarios en Voiz