El amparo promovido por la Secretaría de Defensa del Consumidor y del Usuario (Sedeco) contra las empresas Corporación Petrolera SA (Copesa) y Petrobras Paraguay Gas SRL, fue ratificado por el juez Helmut Fortlage, del juzgado del 16º turno en lo civil y comercial.
El amparo emitida por la Sedeco semanas atrás fue con el fin de que las firmas mencionadas no impidan la recarga de gas en garrafas de uso doméstico en perjuicio de los consumidores finales.
Con esta resolución, cualquier consumidor con envases –garrafas- de estos emblemas podrá recargar gas en la fraccionadora que desee, haciendo valer el derecho de la libre elección de acceder a un producto más barato y en beneficio de la canasta familiar.
La empresa estatal nacional Petróleos Paraguayos (Petropar) comenzó con las operaciones de recarga de gas desde finales de octubre, a un precio de G. 5.000 por cada kilo vendido. Petropar compró un total de 1.000 toneladas de manera a incursionar en el mercado paraguayo del gas.
El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) recordó que este amparo fue presentado el pasado 17 de noviembre por la Sedeco, ante el conocimiento cierto y efectivo de que se estaba intentando cercenar e impedir el derecho inalienable de la libre elección, conforme a las atribuciones concedidas por el art. 43 de la Ley N° 1.334/98 "De defensa del consumidor", ante la violación clara del art. 2, del art. 6 de la Ley 1.334/98 (libre elección) y al principio constitucional inserto en el art. 38 de la Constitución Nacional (defensa del consumidor).