Los auditores impositivos externos ahora cuentan con una nueva disposición. La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 93, por la cual se aprueban los Procedimientos Mínimos que deben ejecutar los Auditores Externos Impositivos (AEI), cuando realizan una auditoría de Estados Financieros a los contribuyentes obligados a contar con el informe respectivo, informaron desde el Ministerio de Hacienda.

Agregaron que estos procedimientos establecen con precisión el alcance mínimo de los controles que deben realizar los AEI antes de emitir su Dictamen e Informe sobre Recomendaciones de Aspectos Tributarios. Además de facilitarles esta tarea, permitirá un relacionamiento más ágil con los contribuyentes, y a su vez mejorará el nivel de transparencia y confiabilidad de los informes y dictámenes impositivos emitidos por los auditores habilitados para prestar este servicio profesional, precisaron desde la cartera económica.

Los Procedimientos Mínimos de Auditoría Externa Impositiva están publicados en la página web de la SET (www.set.gov.py), como "Anexo I" de la referida Resolución.

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La SET tiene habilitados a un total de 157 AEI inscriptos conforme las disposiciones de la Resolución Gral. 29, emitida en Junio/2014, y otros 57 auditores que fueron habilitados por orden judicial (Acuerdo y Sentencia N° 841 del 03/11/2015 de la Corte Suprema de Justicia).

En lo sucesivo, a partir de las Auditorías de los Estados Financieros (EEFF) del 2016 con cierre el 30 de abril, 30 de junio y 31 de diciembre, todos los auditores habilitados deberán aplicar los procedimientos aprobados en la presente Resolución.

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