Se reunieron los miembros del Tribunal Disciplinario de la Asociación Paraguaya de Fútbol, en sesión extra, bajo la presidencia del Dr. Raúl Prono (foto), para dar tratamiento a dos temas específicos, ingresados por nota en la APF y que se relacionan a la solicitud del Club Olimpia de anular la tarjeta amarilla al futbolista Cristian Riveros y la solicitud de la Fiscalía (Ministerio Público) de prohibir el ingreso a los estadios a las "barras" del Sportivo Luqueño.
Con respecto al pedido de Olimpia, de anular la tarjeta amarilla a Cristian Riveros, debido a que fue amonestado erróneamente por el árbitro José Méndez en el lance ante Luqueño, la solicitud tuvo una respuesta favorable y el futbolista sin dicha amonestación.
Sobre la solicitud de la Fiscalía, el Tribunal tomó la decisión de prohibir provisoriamente a la hinchada organizada de Sportivo Luqueño el ingreso a los estadios en los que se realicen eventos deportivos organizados por la APF mientras dure el sumario de investigación.
RESOLUCIÓN 1 – CASO RIVEROS1- DEJAR SIN EFECTO la sanción de amonestación que implica la exhibición de la tarjeta amarilla al jugador CRISTIAN MIGUEL RIVEROS NUÑEZ del club Olimpia, en ocasión de la disputa del partido entre Olimpia y Rubio Ñú, de fecha 10 de julio de 2016, disponiéndose que la misma no será computada a los efectos de la acumulación de tarjeta amarilla, de conformidad al Art. 100 inc b del Código Disciplinario de la APF.
2- NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE.RESOLUCIÓN 2 – CASO HINCHADA DE LUQUEÑO1- CORRER traslado al club Sportivo Luqueño de la Nota No. 240/16 de fecha 11 de julio del año 2016 remitida por el Comisario principal Manuel Sosa Aguilera, Jefe de Departamento de Seguridad de Eventos Especiales y Deportivos de la Policia Nacional, la Nota No. 129/16 de fecha 11 de julio de 2016, remitida por el Comisario Principal MCP Optaciano Cardozo Riquelme, de la Policia Nacional y la Nota de los Agentes Fiscales Emilio Fuster y Aldo Cantero de fecha 13 de julio de 2016, a fin de que contesten dentro del plazo previsto en el Código Disciplinario.2- PROHIBIR provisoriamente a la Hinchada Organizada del club Sportivo Luqueño y puntualmente a los eñores César Fabián Cáceres, CI no. 3565468, Ricardo Gabriel Aranda Cáceres, CI No. 4351434, José Antonio Balboa Benítez, CI No. 3532824, "un tal" Joselo Flores, Rafael Antonio Bueno Ramírez con CI No 3398706, Martín Basilio Alvarez Danilchuk CI No 4323387, Paolo Rufinelli Acuña CI No 3443769, Diego Rene Insfrán Sanabria CI No 1537141, José León Bogarin Garcete CI No. 3235423, Alcides Aranda Cáceres, Giovani Rufinelli Acuña y Francisco José Martin Ortin el acceso a todos los estadios en los que se realicen eventos deportivos organizados por la APF mientras dure el sumario.
3- NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.