El Senado sancionó ayer al proyecto de ley que modifica y amplía la Ley N° 861/1996 "General de Bancos, Financieras y otras Entidades de Crédito", dando potestad y arbitrio al Directorio del Banco Central del Paraguay (BCP) a determinar quiénes están o no regidos por la ley.

Según el Artículo 3º, que habla sobre las personas excluidas, indica que "quedan excluidas de esta ley las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito con recursos financieros propios, que no realicen intermediación financiera, salvo que el BCP, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos, resuelva incluirlas, atendiendo al volumen de sus operaciones o su incidencia en la política monetaria, crediticia o cambiaria". Agrega que "en este caso, aquellas deberán ajustarse a las disposiciones de esta ley y sus reglamentos, en lo que resultare aplicable, según lo determine el Directorio por resolución de carácter general". La normativa indica además que lo dispuesto en esta ley no será aplicable a las entidades cooperativas ni a aquellas personas, cuyo financiamiento y supervisión se encuentren regulados por leyes especiales.

El proyecto señala en el Artículo 11, sobre capital mínimo de las entidades financieras, que "el capital mínimo integrado y aportado en efectivo que obligatoriamente deberán mantener, sin ninguna excepción, todas y cada uno de las entidades financieras que operan en el país. a) Bancos: Gs 50.000.000.000. b) Financieras G. 25.000.000.000".

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Mientras que en el Artículo 14, de Resoluciones de las solicitudes, establece que "el Directorio del Banco Central del Paraguay, previa opinión técnica de la superintendencia de Bancos, resolverá sobre las solicitudes de constitución de bancos, financieras y otras entidades de créditos para lo cual deberá expedirse dentro de los tres meses siguientes computados desde el momento en que completada la documentación exigida a tal efecto. Si el Directorio no se expedirse en el plazo previsto precedentemente, la autorización quedará denegada".

El proyecto de modificación de la Ley de Bancos ahora pasa al Poder Ejecutivo para su aceptación o rechazo.

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