A la fecha, unos 142 Auditores Externos Impositivos ya fueron habilitados por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), en base a la Resolución General N° 29/2014 que establece requisitos más rigurosos para la habilitación y control de los Auditores encargados de dictaminar sobre el cumplimiento impositivo de contribuyentes con una facturación anual mínima de 6.000 millones de guaraníes.
La Resolución Nº 29/2014, había sido duramente cuestionada por un grupo de profesionales que sostenían que era "de cumplimiento imposible", habiéndose presentado incluso una acción de inconstitucionalidad, cuestionando numerosos artículos de la norma. En noviembre pasado, por fallo unánime de los tres miembros titulares de la Sala Constitucional, la Corte Suprema de Justicia confirmó en su totalidad la disposición emanada de la SET, refutando cada uno de los argumentos vertidos por los accionantes, y afirmando que "…la Resolución General Nº 29 y sus modificaciones, no atenta contra los derechos a la igualdad, la libertad, el derecho al trabajo, la libre concurrencia, etc. consagrados por nuestra Constitución Nacional, ya que la norma reglamentada requiere de una especialización en el ramo de la auditoría externa impositiva para realizar la delicada labor y la Subsecretaría de Estado de Tributación al reglamentar la referida Auditoría Impositiva, no hizo más que dar fiel cumplimiento al mandato legal".
Además de los 142 Auditores Externos Impositivos señalados anteriormente, se encuentran habilitados otros 58Auditorespara quienes no rige la Resolución N° 29/14, ya que fueron inscriptos en el Registro por Orden Judicial emanada de un segundo fallo de la Corte Suprema de Justicia, opuesto al anterior, donde los doctores Sindulfo Blanco, Linneo Insfrán, más un tercer miembro que votó en contra, fallaron a favor de los accionantes.
Del total de 201 solicitudes de inscripción recibidas por la SET entre setiembre/2014 y marzo/2016, fueron rechazadas un total de 35 por no cumplir los requisitos mínimos exigidos por la Resolución 29, tales como la no acreditación de los postulantes de experiencia suficiente como auditores; la falta de papeles de trabajo que sustenten los diferentes dictámenes emitidos con anterioridad, además de varios casos de declaración de datos falsos con relación al personal a su cargo o domicilio fiscal inexistente. También se detectóque varios postulantes a ser habilitados como Auditores Independientes, son a la fecha funcionarios públicos, por lo que no recibieron la habilitación.
Autoridades de la SET manifestaron estar muy satisfechas con la cantidad de Auditores Externos Impositivos, en especial considerando que pese a que la norma entró en vigencia hace más de 21 meses (Junio/14); muchos profesionales optaron por esperar la definición judicial sobre su aplicabilidad para iniciar sus trámites de inscripción.
Esta espera causó una gran aglomeración de solicitudes en las últimas semanas, lo que hizo necesario que la Administración Tributaria reforzara el equipo de la dependencia encargada del riguroso proceso para la habilitación, y accediera reiteradamente a los pedidos de prórroga planteados por el Colegio de Contadores del Paraguay, para contratación y comunicación de los profesionales por parte de los contribuyentes obligados. Con este registro, la SET es la institución pública con mayor cantidad de profesionales auditores habilitados, considerando que la Superintendencia de Bancos, de Seguros, la Comisión Nacional de Valores y el INCOOP, no superan en promedio los 33 Auditores habilitados.
Las inscripciones siguen abiertas, y para consultas se puede contactar con el Dpto. de Registro y Control de Auditorías Externas, al teléfono 454-569/75 Interno 5272, o personalmente en el Edificio de la Dirección General de Fiscalización Tributaria (Haedo e/Independencia Nacional), de 7:30 a 13:00 horas.